REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, nueve de abril de dos mil doce
201º y 153º

ASUNTO : AP51-S-2006-010081
SOLICITANTE: JESUS CARIAS MORALES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro v- 20.978.418.
MOTIVO: AUTORIZACION PARA MOVILIZAR LIBREMENTE CUENTA DE AHORRO.

Vista el acta de fecha 21-03-12, consignada por la Fiscal Nonagésima Novena del Ministerio Público, abogada CAROLINA GONZALEZ GUEVARA, mediante la cual manifiesta la progenitora ciudadana MARILI MORALES y el beneficiario JESUS CARIAS MORALES, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 11.037.023 y V- 20.978. 418 respectivamente, que en virtud de haber adquirido la mayoridad dicho beneficiario, solicitan le sea autorizado movilizar la cuenta de ahorro Nro 0003-0081-19-0100388833, aperturada a su nombre en el banco Industrial de Venezuela, esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de este Circuito Judicial, AUTORIZA al ciudadano JESUS CARIAS MORALES, titular de la cédula de identidad Nro V- 20.978.418, a movilizar libremente la cuenta de ahorro Nro. 0003-0081-19-0100388833, aperturada a su nombre. En virtud de ello se ordena oficiar a la Oficina de Control y Consignaciones de este Circuito Judicial, para hacer de su conocimiento de la AUTORIZACION de movilizar libremente la cuenta en referencia, con el objeto de que participe de la misma al Banco Industrial de Venezuela. ASI SE DECIDE. CUMPLASE.
LA JUEZA,

Abg. AIMAR VALENCIA RIZO
LA SECRETARIA,

Abg. ZENOBIA ELENA ERAZO