Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, veinticinco de abril de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO : KP02-J-2012-001552

SOLICITANTES: PEDRO ALEJANDRO SILVA GUTIERREZ y LISBETH DEL CARMEN VARGAS DE SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs V- 12.527.524 y 13.906.700, respectivamente, de este domicilio.
BENEFICIARIOS: (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), de dieciséis (16), catorce (14) y ocho (08) años de edad, respectivamente.
MOTIVO: RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR (HOMOLOGACIÓN).

Visto el acuerdo celebrado por ante la Defensoria PANACED Simón Planas del estado Lara en fecha 01 de Marzo de 2012 entre los ciudadanos PEDRO ALEJANDRO SILVA GUTIERREZ y LISBETH DEL CARMEN VARGAS DE SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs V- 12.527.524 y 13.906.700, respectivamente, relativo al Régimen de Convivencia Familiar en beneficio de los adolescentes y la niña (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), de dieciséis (16), catorce (14) y ocho (08) años de edad, respectivamente, ambas partes decidieron resolver la controversia sobre el régimen de convivencia familiar llegando al siguiente acuerdo:

UNICO: El Régimen de Convivencia Familiar, será amplio, ambos padres compartirán con sus hijos de manera responsable, con respecto a la recreación ( playa, viajes, fiestas entre amigos y familiares) será de mutuo acuerdo entre ambos padres.

En tal virtud esta juez visto que los acuerdos de las partes garantizan los derechos y garantías de los beneficiarios de autos, por cuanto se le garantiza el derecho de frecuentación es que procede a impartirles su Homologación. Así se decide.
DISPOSITIVA
En consecuencia este tribunal de conformidad con lo previsto en el articulo 8, 385, 386 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Homologa el acuerdo celebrados entre los ciudadanos PEDRO ALEJANDRO SILVA GUTIERREZ y LISBETH DEL CARMEN VARGAS DE SILVA en relación al Régimen de Convivencia Familiar, en beneficio de los adolescentes y la niña (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), de dieciséis (16), catorce (14) y ocho (08) años de edad, respectivamente.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niño, Niña y adolescente del Estado Lara a los 25 de Abril de 2012. Años 202º y 153º
LA JUEZ TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACION

ABG. LISBETH GLADIELIS LEAL AGÜERO.


LA SECRETARIA


En la misma fecha se publico la sentencia, quedando registrada con el Nº 1014-2.012.
LA SECRETARIA




Exp. KP02-J-2012-001552
LGLA/andrea’.-