REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES
JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(201° y 153°)
Maracay, tres (03) de abril del Año 2012
De la revisión exhaustiva de las actas que conforman el expediente signado bajo el número Nº 2012-0192, contentivo de la Medida Cautelar Innominada de Protección al Ambiente se evidencia que hasta la fecha no se ha recibido respuesta en relación a lo solicitado en el oficio Nº 1234 librado el 09 de marzo de 2012 y recibido por el Destacamento Nº 21 de la Guardia Nacional Bolivariana el 13 de marzo del mismo año; en consecuencia, este Tribunal ordena remitir nuevo oficio al Teniente Coronel Marlon Dulcey Parada, quien funge como Comandante del ut supra mencionado Destacamento, a fin de ratificar la petición realizada en fecha 09 de marzo del año en curso. Cúmplase.
EL JUEZ
ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
EL SECRETARIO
ABG. LUÍS ABREU GUERRERO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libró oficio correspondiente.
EL SECRETARIO
ABG. LUÍS ABREU GUERRERO.
EXP. - JSAAC- 2012-0192
HBC/Lag/kp