REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Monagas
Maturín, 2 de Abril de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-007311
ASUNTO : NP01-P-2010-007311
Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en cuanto a la solicitud interpuesta por la Abogada Josefina Mucura, en su carácter de Defensora Pública Especializada del Acusado ENRIQUE VARGAS RODRIGUEZ, portador de la Cedula de Identidad N° 8.981.120, mediante lo cual solicita el traslado de su defendido hasta el Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, de esta ciudad de Maturín estado Monagas, con la finalidad que se realice evaluación médica ya que se encuentra delicado de salud por presentar dolor fuerte de cabeza, vómitos con sangre, y tensión alta. Ahora bien, una vez valuado en su integridad el escrito contentivo de las razones de hecho en cual se fundamenta la Defensora Pública Especializada para formular tal petición, en tal sentido es deber indeclinable del estado proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 83 Ejusdem la salud es un derecho social fundamental y el Estado debe garantizarla como parte del derecho a la vida. Por todas las razones de derecho antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna Acuerda: el traslado urgente del acusado ENRIQUE VARGAS RODRIGUEZ, portador de la Cedula de Identidad N° 8.981.120, hasta el Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, el día miércoles 04 de abril de 2012, a las 7:00 horas de la mañana, a los fines de que sea atendido y se le practique Evaluación Medica Integral por Médico o Médica de guardia; asimismo se ordena oficiar al Médico o Médica de guardia del Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, que una vez practicado dicho examen Medico remita las resultas a la brevedad posible a este Tribunal. Hágase lo Conducente. Cúmplase.
La Jueza Primera de Juicio
Abga. Dulce Lobatón B.
La Secretaria del Tribunal
Abga. Yomaira Palomo E.