REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio
del Circuito Judicial Penal del estado Monagas
Maturín, 2 de Abril de 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-026329
ASUNTO : NP01-P-2011-026329


Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en cuanto a la solicitud de fecha 30 de marzo de 2012, interpuesta por el Abogado ROBERTO GONZALEZ, en su carácter de Defensor Privado del Acusado YONNY ROMERO RODRIGUEZ, portador de la Cedula de Identidad N° 8.976.823, mediante lo cual solicita que su representado sea trasladado hasta la Medicatura Forense urgentemente del Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, ya que esta presentando un cuadro de hepatitis “C”, y esta presentando mucho dolor en la pierna derecha a la altura de la tibia y el peroné, debido a que agarro una infección en el baño y la herida la tiene abierta, al parecer la prótesis que tiene puesta el cuerpo la esta rechazando. Ahora bien, una vez valuado en su integridad el escrito contentivo de las razones de hecho en cual se fundamenta la Defensor Privado para formular tal petición; en tal sentido es deber indeclinable del estado proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 83 Ejusdem la salud es un derecho social fundamental y el Estado debe garantizarla como parte del derecho a la vida. Por todas las razones de derecho antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna Acuerda: el traslado del acusado YONNY ROMERO RODRIGUEZ, portador de la Cedula de Identidad N° 8.976.823, el día Martes 03 de Abril de 2012, a las 7:00 horas de la mañana hasta la Medicatura Forense del Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, de esta ciudad de Maturín, a fines de ser atendido y evaluado por Médico o Médica Forense de guardia; asimismo se oficia al Médico o médica Forense, que una vez practicado dicho evaluación médica remitan las resultas a la brevedad posible a este Tribunal. Hágase lo Conducente. Cúmplase.
La Jueza Primera de Juicio,

Abga. Dulce Lobatón B.


La Secretaria del Tribunal,


Abga. Yomaira Palomo E.