REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MATURÍN
En horas del día de hoy, 14 de Agosto de 2012, siendo las 2:45 p.m. se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en virtud de medida innominada con motivo de Amparo Constitucional, en un inmueble ubicado en la avenida La Paz, edificio Villameñas, piso uno, oficina ocho, Maturín Estado Monagas compañía de la abogada Luzmaira Mata Rivera C.I. N° 16.626.104, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 179.928. Constituidos en dicho sitio se hizo presente una persona que se identificó como Mauricio de Jesús Covarrubias Araujo, C.I. N° 4.169.309 a quien se le notificó de la misión del tribunal y quien manifestó ser el propietario del inmueble e hizo saber y quiso que se dejara constancia, que todas las oficinas arrendadas en sus respectivos contratos se establece que no esta permitido sub-arrendar. Acto seguido la parte ejecutante expone: “Solicito se de estricto cumplimiento a la comisión encomendada por el tribunal de la causa, en tal sentido se me restituya la ocupación de la oficina donde venia realizando mis labores como abogada y donde se encuentra constituido este tribuna; Igualmente se inste al notificado a facilitarme el acceso, así como una llave del mismo”. Es todo. El tribunal visto lo anterior y habiendo impuesto al notificado del decreto y practica de la medida, se la hace saber de manera expresa que la ciudadana Luzmaira Mata, ya identificada, que en este acto se restituye formalmente en la ocupación de la oficina donde se encuentra constituido el tribunal. No habiendo otros señalamientos se concluye el acto y se ordena la culminación del mismo siendo las 3:30 p.m. Es todo. Termino. Se leyó y conformes firman.
La Jueza.
El Notificado.
La Secretaria. La Ejecutante
En horas del día de hoy, 14 de Agosto de 2012, siendo las 2:45 p.m. se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en virtud de medida innominada con motivo de Amparo Constitucional, en un inmueble ubicado en la avenida La Paz, edificio Villameñas, piso uno, oficina ocho, Maturín Estado Monagas compañía de la abogada Luzmaira Mata Rivera C.I. N° 16.626.104, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 179.928. Constituidos en dicho sitio se hizo presente una persona que se identificó como Mauricio de Jesús Covarrubias Araujo, C.I. N° 4.169.309 a quien se le notificó de la misión del tribunal y quien manifestó ser el propietario del inmueble e hizo saber y quiso que se dejara constancia, que todas las oficinas arrendadas en sus respectivos contratos se establece que no esta permitido sub-arrendar. Acto seguido la parte ejecutante expone: “Solicito se de estricto cumplimiento a la comisión encomendada por el tribunal de la causa, en tal sentido se me restituya la ocupación de la oficina donde venia realizando mis labores como abogada y donde se encuentra constituido este tribuna; Igualmente se inste al notificado a facilitarme el acceso, así como una llave del mismo”. Es todo. El tribunal visto lo anterior y habiendo impuesto al notificado del decreto y practica de la medida, se la hace saber de manera expresa que la ciudadana Luzmaira Mata, ya identificada, que en este acto se restituye formalmente en la ocupación de la oficina donde se encuentra constituido el tribunal. No habiendo otros señalamientos se concluye el acto y se ordena la culminación del mismo siendo las 3:30 p.m. Es todo. Termino. Se leyó y conformes firman.
La Jueza.
El Notificado.
La Secretaria. La Ejecutante