En horas del despacho del día de hoy, miércoles 01 de agosto de 2012, siendo las 10:00 de la mañana, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Santiago Mariño, Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, integrado por la Dra. MIGDALYS DE LA CHIQUINQUIRA AGRAZ, en su carácter de Juez Ejecutora de Medidas y el Dr. JOSE GIRON ZAPATA, en su carácter de Secretario, en compañía de la ciudadana Abogada XIOMARA COLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5037.892 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 41.422, con el carácter de Apoderada judicial de la parte actora, en la siguiente dirección: Edificaciones complementarias del Proyecto Ciudad Socialista Guasimal, ubicada en avenida intercomunal Maracay- Turmero, municipio Santiago Mariño del estado Aragua, a los fines de practicar medida de EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO y DAÑOS Y PERJUICIOS sigue la Sociedad Mercantil PCI INGENIEROS CONSULTORES, S.A. en contra de la Sociedad Mercantil TRAILERS WORLD CENTER CREARVEN, C.A. según expediente N° 48.164 . Presentes igualmente los ciudadanos Gustavo Fischer, titular de la cédula de identidad N° 6.233.915, con el carácter de apoderado judicial de la depositaria Judicial la Nacional C.A. Luisabel Vargas, titular de la cédula de identidad N° V-11.124.224, con el carácter de práctico avaluadora, quienes aceptaron los cargos y juraron cumplir fiel y lealmente con las obligaciones inherentes a los mismos. Una vez presentes en la referida dirección, la Juez Ejecutora de medidas efectuó el llamado de ley siendo atendida por un ciudadano que se identificó como NELSON BRUNO GONZALEZ LOBOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.557.214 quien manifestó desempeñarse con el carácter de GERENTE DEL ESTADO ARAGUA DE PDVSA INGIENERIA Y CONSTRUCCIÓN. En este estado, siendo las 10:30 de la mañana, intervino la apoderada judicial de la parte actora, Abogada Xiomara Colina y expuso: “ Señalo para que sea embargado el siguiente bien donde se encuentra constituido el Tribunal : Un TRAILERS World Center serial Crearven C.A. serial 0088, con chapa adherida con las siguientes inscripciones: TRAILERS WORLD CENTER CREARVEN C.A., RIF J-31071158-5, MODELO oficina, serial 0088 WWW.futuretrailers.com.ve UD.355Av Caracas 50-01 teléfono 0286-9522493, Puerto Ordaz- Bolívar, hecho en la República Bolivariana de Venezuela. Entre sus características se encuentran: pintura de color blanco con franjas negras con inscripción WWW.VIP-Trailersrentals.com.ve; con cuatro ventanas y dos entradas para aire acondicionado no instalados, con medidas de Doce (12,00) metros por tres (3.00) metros, tipo oficina, con un área abierta, un baño( no operativo) con poceta y lavamanos equipado con extractor de 8 pulgadas , piso de madera Mamey vinil, techo en PVC blanco, dos puertas de madera una sola con cerraduras, pintura en regular estado general de mantenimiento; valorado prudencialmente en Ciento Veinte Mil Bolívares (Bs.120.000,oo) y como quiera que dicho bien no cubre el monto del decreto de embargo, me reservo el derecho de señalar otros bienes propiedad de la parte demandada y por cuanto no poseo los recursos económicos para el traslado del bien y a su vez en dicho trailers funciona actualmente las Instalaciones de PDVSA y todo lo que tiene que ver con los Desarrollos habitacionales de Guasimal y de Base Libertador, pido sea dejado en posesión jurídica de la Depositaria Judicial y en guarda y custodia del gerente notificado, es todo”. Acto seguido, el Tribunal, visto el señalamiento de la parte actora y la comisión conferida por el Juzgado de la causa, así como el principio constitucional a la tutela judicial efectiva, previsto en el artículo 26 de la Carta Magna que garantiza entre otros supuestos, la ejecución efectiva de las medidas preventivas y ejecutivas dictadas por los Tribunales de la República, procedió a EMBARGAR PREVENTIVAMENTE el bien Un TRAILERS World Center serial Crearven C.A. serial 0088, con chapa adherida con las siguientes inscripciones: TRAILERS WORLD CENTER CREARVEN C.A., RIF J-31071158-5, MODELO oficina, serial 0088 WWW.futuretrailers.com.ve UD.355Av Caracas 50-01 teléfono 0286-9522493, Puerto Ordaz- Bolívar, hecho en la República Bolivariana de Venezuela. Entre sus características se encuentran: pintura de color blanco con franjas negras con inscripción WWW.VIP-Trailersrentals.com.ve; con cuatro ventanas y dos entradas para aire acondicionado no instalados, con medidas de Doce (12,00) metros por tres (3.00) metros, tipo oficina, con un área abierta, un baño( no operativo) con poceta y lavamanos equipado con extractor de 8 pulgadas , piso de madera Mamey vinil, techo en PVC blanco, dos puertas de madera una sola con cerraduras, pintura en regular estado general de mantenimiento y lo coloca en posesión jurídica de la Depositaria Judicial La Nacional C.A. a través de su apoderado, ciudadano Gustavo Fischer quien lo recibió con tal carácter y así mismo coloca bien embargado en guarda y custodia del ciudadano NELSON GONZALEZ LOBOS, ya identificado con el carácter señalado y quien aceptó el cargo y juró cumplir con las obligaciones que les fueron impuestas en razón de tal designación y a su vez manifestó que en atención al cargo aceptado muy probablemente y por razones de seguridad se verá en la obligación de trasladar el bien embargado y dejado bajo su custodia hasta la Base Aerea El Libertador , municipio Libertador del estado Aragua, donde se encuentra otro desarrollo habitacional en el cual tiene responsabilidad su representada, es todo”. Finalmente y cumplida como la fue la comisión de conformidad con lo establecido en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal se acuerda el regreso a la sede del Tribunal siendo las 12:00 del medio día y remitir las actuaciones al Juzgado de la causa. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman;
LA JUEZ EJECUTORA DE MEDIDAS
DRA. MIGDALYS DE LA CHIQUINQUIRA AGRAZ
EL Notificado
NELSON GONZALEZ LOBOS
La Apoderada Actora
Dra. XIOMARA COLINA
El Depositario Judicial
Gustavo Fischer
La Práctico Avaluadora
Luisabel Vargas
EL SECRETARIO
DR. JOSÉ GIRÓN
Exp.036/12
MAS/JG
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