REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES
JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(202° y 153°)

Maracay, siete (07) de agosto del año (2012)

EXP.- JSAAC- 2011-0141

Vista la diligencia suscrita en fecha 03 de agosto del año en curso, por el abogado José Ignacio Martín, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 91029, aunado a la revisión exhaustiva realizada a los autos que conforman el presente expediente, contentivo de MEDIDA DE PROTECCIÓN AGRARIA, seguida por los ciudadanos Engracia Martín Valera, Pedro Martín Valera, Rosario Martín Valera y otros, se pudo evidenciar que en fecha 01 de agosto del 2011, se ordenó librar los oficios Nros. 1400, 1401, 1402, 1403, dirigidos al Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat, Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género y al Ministerio del Poder Popular para la Comunas y Protección Social, respectivamente, a fin de notificar que este Tribunal decretó LA PROTECCIÓN INNOMINADA AGRARIA, sobre un lote de terreno denominado Rancho Rumbos, ubicado en el Sector Los Tanques, Parroquia Capital, Municipio Zamora del estado Aragua; en consecuencia este Juzgado de conformidad con lo solicitado ordena librar exhorto al Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los estados Miranda y Vargas, a fin de que a través de su alguacil practique la mencionada notificación. Cúmplase.
EL JUEZ

ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
EL SECRETARIO

ABG. LUÍS ABREU GUERRERO

En la misma fecha se libró el oficio y exhorto correspondiente.
EL SECRETARIO

ABG. LUÍS ABREU GUERRERO
EXP. - JSAAC- 2011-0141
HBC/Lag/jg