REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 02 de Agosto de 2012
202° y 153°

ASUNTO : DP11-L-2012-000264
ACTA

PARTE DEMANDANTE: NELSON JAVIER PIÑA AGUIRRE
ABOGADO APODERADO: SORAVI CASTILLO MARRERO
PARTE DEMANDADA: H. MOTORES CAGUA C.A.
ABOGADO APODERADO: CRISTINA HERNANDEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy 02 de Agosto de 2012 siendo las 11:00 horas de la mañana, fecha y hora fijada para la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar, comparecen los siguientes Ciudadanos: Por la Parte Demandante comparece su representante legal Abogada en SORAVI CASTILLO MARRERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 67.583 y por la Parte Demandada H. MOTORES CAGUA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 13/07/1994, bajo el Número 42, Tomo 630-A.,, comparece su apoderada judicial Abg. CRISTINA HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 24.782, como consta de Instrumento Poder que cursa a los autos. Seguidamente el Tribunal verificada la comparecencia de las partes antes mencionadas procede a dar inicio a la Audiencia Preliminar y explicó a las partes la importancia del uso de los medios alternativos de solución de conflictos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energías y de recursos, evitando un proceso prolongado, y deja constancia que la mediación arrojo resultados positivos toda vez que las partes deciden conciliar el presente en los términos siguientes: La apoderada judicial de la parte demandada con el objeto de poner fin al presente procedimiento, manifiesta cancelar la suma de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00), monto que comprende y engloba cada uno de los conceptos demandados tales como: La indemnización por despido injustificado, prestación de antigüedad, intereses sobre prestaciones sociales, vacaciones vencidas y fraccionadas, utilidades y intereses de mora. Asimismo manifiesta cancelar dicha cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,00) en un pago único para el día martes 07 de Agosto de 2012, la cual consignará en cheque mediante diligencia y en la Sede Judicial. Acto seguido, presente en la apoderada judicial de la parte actora, abogada en ejercicio SORAVI CASTILLO MARRERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 67.583, manifiesta tener instrucciones de su apoderado de aceptar el ofrecimiento formulado por la parte demandada en los términos y condiciones antes expuestos. Seguidamente, la ciudadana Juez, deja expresa constancia que las exposiciones contenidas en la presente acta fueron formuladas libre de constreñimiento alguno y en virtud de que el acuerdo alcanzado por las partes no es contrario a derecho, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.) Concluida la audiencia preliminar y; 2.) Se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley procesal antes citada, dándole efecto de cosa juzgada y se ordenará el cierre y archivo del expediente una vez que conste en autos el pago acordado, de igual manera se acuerda devolver los elementos probatorios consignados por las partes al inicio de la audiencia preliminar, los cuales son recibidos en este acto por las partes. Se insta a las partes a cumplir de buena fe con el compromiso alcanzado en la presente acta. Finalmente se dio, lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Dándose por cerrado el acto en el día de hoy 02 de Agosto de 2012. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
_____________________________________
Abg. Magaly S. Bastía de Pérez
La Jueza,

LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA:______________________________________



La representación judicial de la parte demandada:_____________________________________




La Secretaria,
Abg. Lisselott Castillo