N° de Expediente: NP11-L-2012-001578
PARTE ACTORA: JOSE GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.023.002 y de este domicilio.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDANTE: AURA MONROE, inscrita en el INPREABOGADO, bajo el número 54.553.
PARTE DEMANDADA: SUPER MERCADO GRAN ZEXIAN, C.A.
ASISTIENDO A LA PARTE DEMANDADA: ROSALDO DELGADO, inscrita en el INPREABOGADO, bajo el número 91.267
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy doce (12) de diciembre de año dos mil doce (2012), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, en este acto se deja expresa constancia de la asistencia de la Abg. ROSALBA DELGADO, en su carácter de Apoderado Judicial del demandado, el Tribunal deja constancia que el demandante no compareció ni por si ni por apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En este acto este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, se procede a dictar Sentencia en forma oral conforme a dicha reconocimiento. En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Es todo, firman los presentes, siendo las 09:00 de la mañana.
EL JUEZ PROVISORIO.
Abg. JOSÉ L. ADRIÁN MATA.
LA SECRETARIA
Abg.
LOS COMPARECIENTES
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