REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Noveno 19° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas Caracas, cuatro 04 de diciembre de dos mil doce 2012
202º y 153º
ASUNTO: AP21-S-2012-002671
Vista la transacción presentada en fecha 29 de noviembre de dos mil doce 2012, suscrita por el ciudadano AGUSTIN IGLESIA inscrito bajo el I.P.S.A 49.056 en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente REPRESENTACIONES NO HAGAS DIETA OLALDE , C.A y el ciudadano FRANCESCO RONDON titular de la cédula de identidad Nº 938.811, parte oferida en el presente procedimiento, debidamente asistido por la abogada MARIA GRILLO, inscrita en el Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 124.529, mediante la cual llegaron a un acuerdo por la cantidad de CIENTO OCHO MIL SETENCIENTOS TREINTA Y CINCO CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS (BS. 108.735,83 ), cancelados mediante Cheque N°22-51346079, de la Cuenta Nº 0115-0021-81-0210011273, de fecha 20/11/2012, girado contra el BANCO EXTERIOR, a nombre de FRANCESCO RONDON , este Tribunal de la revisión de su contenido se constata que el mismo cumple con las formalidades establecidas en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Las Trabajadoras y Los Trabajadores, HOMOLOGA dicha Transacción, procediendo como Cosa Juzgada.
La Juez
La Secretaria
Abg. Jhacnini Torres
Abg. María Veruschka Dávila
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