REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 17 de Enero de 2012
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-003227
ASUNTO : NP01-P-2011-003227

Corresponde a este tribunal emitir el pronunciamiento respectivo relacionado a la acumulación del asunto NP01-P-2011-003227, proceso que se le sigue a los ciudadanos CRISTIAN JOSE ORTIZ GUZMAN, por la presunta comisión del delio de APROVECHAIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL HURTO O ROBO, al asunto NP01-P-2011-026211, proceso que se le sigue al ciudadano CRISTIAN JOSE ORTIZ GUZMAN, por la presunta comisión del delito de DETENTACION ILICITA DE ARMA DE FUEGO , como quiera que en los indicados asunto penales se encuentra involucrado el indicado ciudadanos , es por lo que este tribunal conforme primero, como lo dispone el artículo 72 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a acumular el asunto NP01-P-2011-026211al NP01-P-2011-003227, a fin de garantizar la unidad del Proceso consagrado en el Artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece:
“Por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos, aunque los imputados sean diversos, ni tampoco se seguirán al mismo tiempo, contra un imputado, diversos procesos aunque haya cometido diferentes delitos o faltas, salvo los casos de excepción que establece este código”. (Negrillas del Tribunal).
Por lo que efectivamente a este ciudadano se le está siguiendo actualmente dos procesos con identidad de partes, encontrándose los mismos en Fase Intermedia por lo que considera este Tribunal que debe dársele cumplimiento a la norma procesal y debe seguirse un solo proceso al ciudadano CRISTIAN JOSE ORTIZ GUZMAN, por lo se acuerda acumular las causas antes referidas y continuar el procedimiento en un solo proceso.
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, “Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley” Acuerda: ACUMULAR las causas signadas con los números NP01-P-2011-026211al NP01-P-2011-003227, las cuales continuaran como una sola nomenclatura, corresponderá y se identificará con las siglas alfanuméricas NP01-P-2011-003227, de conformidad con lo establecido en los Artículos 66 y 72 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se mantiene la fecha del Quince del Mes de marzo del año 2012, a las 09:30 horas de la mañana, para la celebración de la audiencia preliminar. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

El Juez

ABG. LARRY JOSÉ ZULETA

El Secretario