REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 20 de Enero de 2012
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2007-005288
ASUNTO : NP01-P-2007-005288


AUTO DE CUMPLIMIENTO DE PENA IMPUESTA

De la revisión del presente Asunto, se observa que el Penado HIMNER RAFAEL GARCÍA CORTEZ, Titular de la Cédula de Identidad N°. V. 19.094.156, actualmente disfrutando del beneficio de conmutación de pena en confinamiento; quien fue condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRESION, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIAD y DETENTACION ILICITA DE ARMA BLANCA. Pena esta redimida en auto de fecha 10/11/2008, en la cual se estableció que la pena redimida quedaría en TRES (03) AÑOS, OCHO (8) MESES Y DOS (2) DIAS DE PRISION. Asimismo, en fecha 15-12-2010, le fue acordada la gracia de conmutación de pena en confinamiento, estableciéndose en dicho auto que cumplía la pena confina en fecha 28-11-2011 a las 4:00 horas de la tarde.

Ahora bien, verificado que para el día 28-11-2011, transcurrió el tiempo estipulado para el cumplimiento de dicha Pena, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA IMPUESTA y CONFINADA al ciudadano HIMNER RAFAEL GARCÍA CORTEZ, Titular de la Cédula de Identidad N°. V. 19.094.156, así como las accesorias previstas en el Artículo 16 del Código Penal, de conformidad con la sentencia de carácter vinculante emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia se le concede la LIBERTAD PLENA. Notifíquese lo conducente al Fiscal Séptimo del Ministerio Público de este Estado, al penado y al Defensor del Penado. Remítase copia certificada del presente auto al ciudadano Jefe de Vigilancia de Sanciones Penales del Ministerio del Interior y Justicia, a los fines legales consiguientes. Líbrese lo conducente. Cúmplase.

El Juez


ABG. MARBELYS PALACIOS

El Secretario




ABG. LUISA VIRGINIA CABEZA