REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de enero de dos mil doce (2012)
201º y 152º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-005933
PARTE ACTORA: EDWIN ELIASID CARRILLO BUSTAMANTE
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: CNA DE SEGUROS LA PREVISORA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANDY PEREZ Y GREYSI CORONIL.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy diez (10) de enero de dos mil doce (2012), siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la abogada GREYSI CORONIL, inscrita e el IPSA bajo el Nº 118.524, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada según se verifica de instrumento poder que presenta en original para su confrontación a la vista y en copia para ser insertado al expediente, en este estado se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.
El Juez Titular
Abg. Aníbal F. Abreu Portillo
El Secretario
Abg. Luis Barranco
La apoderada de la demandada
|