REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 10 de enero de 2012
201º y 152º
Sentencia Interlocutoria Nº PJ0082012000003.
ASUNTO: AP41-U-2011-000149.
Vista la Sentencia Nº 01362, de fecha veinte (20) de octubre de 2011, dictada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, la cual decidió:
“…1. CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la contribuyente CORPORACIÓN STAR WHITE, C.A., contra la sentencia interlocutoria Nro. PJ0082011000078 dictada por el Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 25 de mayo de 2011, que declaró inadmisible el recurso contencioso tributario incoado conjuntamente con suspensión de efectos el 12 de abril de 2011 por la referida recurrente, contra la Resolución Nro. 017-2011 de fecha 8 de febrero de 2011 dictada por la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO EL HATILLO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico ejercido por la contribuyente contra la Resolución Nro. 064 del 21 de septiembre de 2010 emanada del Superintendente Municipal del Servicio Autónomo de Administración Tributaria del referido ente local, confirmó el reparo fiscal contenido en el Acta Fiscal Nro. 014-010-2010, del 28 de abril de 2010 por las cantidades de (…).
2. SE REVOCA el fallo apelado.
3. SE ORDENA la remisión del expediente al Tribunal antes referido, con el fin de que se pronuncie sobre la admisión del recurso contencioso tributario que cursa en autos, excluyendo la revisión de la causal de inadmisibilidad referente a la caducidad del plazo para ejercer el recurso…”.
Visto el dispositivo del fallo antes trascrito, este Tribunal entra a conocer sobre la admisibilidad o no del recuso interpuesto, en consecuencia solo se verificaran las causales de inadmisibilidad contempladas en los numerales 2 y 3 del artículo 266 del Código Orgánico Tributario, lo cual se hace en los siguientes términos:
La contribuyente CORPORACION STAR WHITE, C.A, sociedad mercantil, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda bajo el Nº 60, Tomo 10-A Sgdo de fecha 20-01-1999, ejerció en fecha 12-04-2011, por intermedio de sus apoderados judiciales Jesús Brito Cazorla, Alfredo José Martínez García, Desiree Esaa, Isabel Rodríguez Garrido, Inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nros 96.554, 141.965, 124.079 y 130.593 respectivamente, Recurso Contencioso Tributario conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 017-2011 emanada de la Alcaldía del Municipio El Hatillo del Estado Miranda en fecha 08 de febrero de 2011.
Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente recurso contencioso tributario, este Tribunal observa que: se encuentran cumplidos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber: se trata de un acto administrativo recurrible en la vía jurisdiccional, impugnado ante la autoridad competente, mediante escrito en el cual se funda, y consta la cualidad y el interés de la recurrente, quien se encuentra representada de profesionales del derecho, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario ADMITE el presente recurso contencioso tributario en cuanto ha lugar en derecho, dejando su apreciación para la definitiva; procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 268 y siguientes del Código Orgánico Tributario.
El Tribunal advierte que la causa queda abierta a pruebas de acuerdo a lo previsto en el artículo supra mencionado.
La Jueza Superior Titular,
Dra. Doris Isabel Gandica Andrade La Secretaria Titular,
Abg. Cristel A. Peinado M.
ASUNTO: AP41-U-2011-000149
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