001-12
En el día de hoy, Doce (12) de Enero del Dos Mil Doce (2012), siendo la 03:30 de la tarde, se trasladó y constituyó la Abogado, NELA PASQUALI VESPA, Juez Provisorio Quinto de Municipio Ejecutor de Medidas y la Secretaria, Abg. MARIELEN RODRIGUEZ R., en compañía del Apoderado Actor, JUAN CARLOS ROJO ROSALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°140.236, sin necesidad de auxiliares de justicia por no requerirse; en la siguiente dirección, a señalamiento expreso del Apoderado Actor: Agencia CCCT de CORP BANCA (BANCO OOCIDENTAL DE DESCUENTO), ubicada en el Local N°H05, situado en el Nivel PB, del Centro Comercial Ciudad Tamanaco, Avenida La Estancia, Chuao, Municipio Chacao del Estado Miranda, Caracas; a fin de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del Juicio Ejecutivo, seguido por la COMISIÓN NACIONAL DE CASINOS, SALAS DE BINGO Y MÁQUINAS TRAGANÍQUELES, contra BINGO GALAXIE, C.A. y DOMINGO AIRES GONCALVES. Presente una persona que dijo ser y llamarse, CARLOS MARTÍNEZ, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº.V-10.780.885, quien impuesta de la misión del Tribunal manifestó ser Sub Gerente de la entidad bancaria donde se encuentra constituido este Juzgado. Acto seguido y de conformidad con lo establecido en el artículo 89 numeral 3ero de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, la ciudadana Juez le requirió información a la notificada, en relación a si la Sociedad Mercantil BINGO GALAXIE, C.A, y el ciudadano, DOMINGO AIRES GONCALVES, en su condición de parte demandada, poseen cuentas en esta institución bancaria y en caso afirmativo, el saldo que posean las mismas. En este estado el notificado, CARLOS MARTÍNEZ, antes identificado, expone: “Solicito al Tribunal me conceda un lapso de espera prudencial, a fin de ingresar al sistema de información de esta entidad bancaria, con el objeto de verificar la información requerida por este Juzgado, es todo.” El Tribunal visto el pedimento que antecede, lo acuerda de conformidad; en consecuencia, apertura un compás de espera prudencial, a los fines solicitados. Acto seguido el notificado, CARLOS MARTÍNEZ, ya identificado, expone:”Hago del conocimiento del Tribunal que tal y como se pudo verificar en el sistema de información del banco, la Sociedad Mercantil BINGO GALAXIE, C.A, posee una cuenta corriente signada con el N°0007416040, y a la fecha posee un saldo de Doscientos Catorce Bolívares con Cincuenta y Un Céntimos (Bs.214,51), y el ciudadano, DOMINGO AIRES GONCALVES, posee cuenta corriente signada con el N°0006947638, y a la fecha no posee saldo disponible, es todo.” En este estado, el Apoderado Actor, JUAN CARLOS ROJO ROSALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°140.239, antes identificado, expone: “Vista la exposición del notificado, solicito al Tribunal se abstenga de practicar la medida de Embargo Ejecutivo sobre las cuentas antes señaladas, y mantenga la presente comisión en sus archivos en el estado en que se encuentra, es todo.” Este Tribunal visto el pedimento que antecede lo acuerda de conformidad; en consecuencia, se abstiene de practicar la medida de Embargo Ejecutivo y ordena mantener la presente comisión en sus archivos en el estado en que se encuentra. Este Juzgado deja expresa constancia que las presentes actuaciones no causaron para este Tribunal ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno de conformidad a lo establecido en el Acuerdo de fecha 29-02-2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, aún vigente. Siendo las 04:15 de la tarde, se declara concluido el presente acto y se ordena el regreso a la sede de este Juzgado. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIA
ABG. NELA PASQUALI VESPA
EL APODERADO ACTOR
EL NOTIFICADO, CARLOS MARTÍNEZ
LA SECRETARIA
ABG. MARIELEN RODRIGUEZ R.
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