REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, doce (12) de enero de dos mil doce (2012).
201° y 152º
Vista la diligencia de fecha 21 de diciembre de 2011, suscrita por el abogado Bernardo Herrera Torrealba, INPREABOGADO N° 144.997, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil “Seguros Corporativos, C.A.”, parte co-demandada en la presente causa, mediante la cual apela de la Sentencia Interlocutoria dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha 14 de Diciembre de 2011, la cual declaró IMPROCEDENTE la oposición a la medida cautelar de embargo y RATIFICA la procedencia de la medida cautelar de embargo otorgada por este Órgano Jurisdiccional en fecha 09 de Junio de 2011, en consecuencia, este Tribunal oye en un solo efecto dicha apelación, conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 88 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y ordena la remisión de las copias simples y certificadas del presente Cuaderno Separado a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de las CORTES PRIMERA Y SEGUNDA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, para que conozca de la misma. Igualmente se insta a la parte querellante a consignar los fotostatos requeridos para librar el respectivo oficio de remisión.
EL JUEZ
Abg. JOSE VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA ACC
Abg. LISSETTE VIDAL
Exp. Nº 1645
JVT/LV/fjvt