REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, dieciséis (16) de enero de dos mil doce (2012).
201° y 152º
Vista la diligencia de fecha 12 de diciembre de 2011, suscrita por el abogado Gustavo Villanueva, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 77.014, apoderado judicial de la parte recurrente, mediante la cual apela de la Sentencia Interlocutoria dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha 15 de noviembre de 2011, la cual declaró IMPROCEDENTE la acción de Amparo Constitucional Cautelar e IMPROCEDENTE la Medida Cautelar de Suspensión de Efectos solicitada, este Juzgado oye en un solo efecto dicha apelación, conforme a lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en consecuencia, ordena la remisión de las copias simples y certificadas del presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de las CORTES PRIMERA Y SEGUNDA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, para que conozca de la misma. Igualmente se insta a la parte recurrente a consignar los fotostatos requeridos para librar el respectivo oficio de remisión.
EL JUEZ
Abg. JOSE VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA ACC
Abg. LISSETTE VIDAL
Exp. Nº 1783
JVT/LV/fjvt