REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
201º y 152º
SENTENCIA DEFINITIVA

EXPEDIENTE Nº 4372-11
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
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PARTES: LUIS RAFAEL BLANCO ZERPA y NANDY MARIA ROMERO ROJAS; venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-10.360.257 y V-10.364.189 respectivamente.


ABOGADO ASISTENTE: ASDRUBAL RAFAEL SOLANO, Abogado de libre ejercicio, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 73.326



- I -
En fecha 12 de agosto de 2011, comparecieron por ante éste Tribunal el Ciudadano: LUIS RAFAEL BLANCO ZERPA; venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.360.257, debidamente asistidos por el ciudadano: ASDRUBAL RAFAEL SOLANO, Abogado de libre ejercicio, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 73.326; y solicito el Divorcio conforme a lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil, manifestando que desde hace más de CINCO (05) AÑOS están separados y no han hecho vida en común desde entonces, con la ciudadana NANDY MARIA ROMERO ROJAS; venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.364.189 cesando toda vinculación personal entre ellos. Igualmente menciona en el escrito que durante su unión si adquirieron bienes conyugales.-

Admitida la Solicitud en fecha 21 de noviembre de 2011 se ordena la notificación de la ciudadana NANDY MARIA ROMERO ROJAS; venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.364.189 y del Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.-

Y debidamente Notificado el Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, según se evidencia de diligencia consignada por el Alguacil Titular de éste Despacho en fecha dieciocho (18) de octubre de 2011 que corre inserta al folio diecinueve (19) del presente expediente.

Y observando que la Fiscalía del Ministerio Público de ésta Circunscripción Judicial, mediante diligencia de fecha veinticinco de de octubre del año 2011, expone que no emite opinión hasta que conste en auto la comparecencia de la ciudadana NANDY MARIA ROMERO ROJAS; venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.364.189 para poder así cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 185-A del Código Civil.-
Se evidencia de diligencia consignada por el Alguacil Titular de éste Despacho en fecha 03 de noviembre del año 2011 que corre inserta al folio veintidós (22) del presente expediente donde se notifica a la cónyuge ciudadana NANDY MARIA ROMERO ROJAS; venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.364.189.-




En fecha 11 de noviembre del año 2011 el ciudadano LUIS RAFAEL BLANCO ZERPA; venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.360.257, debidamente asistidos por el ciudadano: ASDRUBAL RAFAEL SOLANO, Abogado de libre ejercicio, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 73.326; por medio de diligencia solicita se dicte sentencia en la presente solicitud visto que la ciudadana LUIS RAFAEL BLANCO ZERPA; venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.360.257; no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial a la contestación de la solicitud de divorcio el día 10 de noviembre de 2011.-

Y siendo la oportunidad legal para decidir, el Tribunal observa:

De la revisión de las Actas que conforman el presente Expediente, se evidencia que ha transcurrido el lapso establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, sin que hubiera existido entre los Ciudadanos: LUIS RAFAEL BLANCO ZERPA y NANDY MARIA ROMERO ROJAS; venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.364.189; venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.360.257 y, sin reconciliación alguna resultando procedente el Divorcio por el solicitado; Y así se decide.


-II-

D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por el Ciudadano: LUIS RAFAEL BLANCO ZERPA y NANDY MARIA ROMERO ROJAS; venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.364.189, debidamente asistido por el ciudadano: ASDRUBAL RAFAEL SOLANO, Abogado de libre ejercicio, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 73.326 con la ciudadana NANDY MARIA ROMERO ROJAS; venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.364.189.- En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal, que contrajeron, en fecha treinta (30) de enero del año Mil Novecientos Ochenta y Seis (1986) la cual se encuentra inserta bajo el Acta Nº 10/1986 según se evidencia de la CERTIFICACIÓN del Acta de Matrimonio expedida por ante el Registro Civil del Municipio José Rafael Revenga. Dicha certificación del Acta de Matrimonio fue consignada y cursa al folio dos (02) de la presente Solicitud.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los veintiséis (26) días del mes de enero de 2012. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIA,

Abog. VIRGINIA GONZÁLEZ JIMENEZ.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
Abog. FRANCISCO JAVIER SANCHEZ.

En ésta misma fecha se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 11:45 a.m.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
Abog. FRANCISCO JAVIER SANCHEZ.

Expediente Nº 4372-11
VGJ/fjs