REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua-sede Maracay
Maracay, doce (12) de enero de dos mil doce (2012)
201º y 152 º

ASUNTO: DP41-H-2012-000003


Visto el escrito presentado por el Instituto de Atención Integral a la Mujer y la Familia de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, mediante el cual consigna Actas Conciliatorias contentivas de Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar, suscritas por los ciudadanos DAYANA JOSEFINA VILORIA VASQUEZ y MELVIN DOUGLAS SALCEDO FREITES, este Tribunal lo admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a la moral pública o a alguna disposición expresa de la ley. En consecuencia, revisado como ha sido el acuerdo suscrito por los ciudadanos DAYANA JOSEFINA VILORIA VASQUEZ y MELVIN DOUGLAS SALCEDO FREITES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº 16.690.601 y 12.588.509, mediante la cual acuerdan la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN y el REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR en beneficio e interés de sus hija, la niña (se omite identidad conforme lo establece el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de cinco (05) años de edad, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo HOMOLOGA en todas sus partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 387 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente en concordancia con el artículo 518 ejusdem. En consecuencia, se acuerda expedir las copias certificadas que sean menester, para ser entregadas a los interesados. Cúmplase.
LA JUEZA


Abg. Yulmary Valecillo Guillén
EL SECRETARIO






Hora de Emisión: 3:24 PM
DP41-H-2012-000003