EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA.
EXPEDIENTE N° 2550-10
PARTES: DIOGENES JESUS NAVARRO SALAZAR y EMMA YEXICA APONTE JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.701.511 y V-17.252.033, respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: FREDDY AMEZAGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 152.012.-
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS
SENTENCIA DEFINITIVA
Palo Negro, 11 de Enero de 2012
201° y 152°
-I-
En fecha 11 de Enero de 2012, comparecieron por ante este Juzgado los ciudadanos, DIOGENES JESUS NAVARRO SALAZAR y EMMA YEXICA APONTE JIMENEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.701.511 y V-17.252.033, respectivamente, asistidos por el Abogado FREDDY AMEZAGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 152.012 y, presentaron escrito de Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento, exponiendo que: el día 22 de febrero de 2008, contrajeron Matrimonio Civil, según consta Acta de Matrimonio N° 67, Tomo 1, Folio 67, del año 2008, ante el Registro Civil del Municipio Libertador del Estado Aragua.
Este Tribunal en fecha 01.11.2010, este tribunal admitió la solicitud y Decretó la Separación de Cuerpos de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 del Código de Procedimiento Civil y 762 de la misma Ley adjetiva.-
En fecha 02.11.2011, comparecieron los ciudadanos DIOGENES JESUS NAVARRO SALAZAR y EMMA YEXICA APONTE JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.701.511 y V-17.252.033, respectivamente, asistidos por el Abogado FREDDY AMEZAGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 152.012, y solicitaron la Conversión en Divorcio en virtud de haber transcurrido más de un (0l) año sin verificarse reconciliación alguna.
Cursa al folio nueve (9), auto dictado por este tribunal, mediante el cual se ordena notificar al Fiscal Superior del Ministerio Público del Estado Aragua, de la solicitud de Conversión en Divorcio realizada por los ciudadanos DIOGENES JESUS NAVARRO SALAZAR y EMMA YEXICA APONTE JIMENEZ, a tal efecto se libró oficio Nro. 11-1158 anexa boleta de notificación.
En fecha 19.12.2011, el alguacil de este Juzgado, mediante diligencia consignó recibo de oficio y boleta de notificación debidamente firmada y sellada por la Fiscalía Superior del Estado Aragua.-
-II-
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Palo negro, Administrando Justicia en Nombre de los ciudadanos y ciudadanas de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos DIOGENES JESUS NAVARRO SALAZAR y EMMA YEXICA APONTE JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.501.511 y V-17.252.033, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el Matrimonio contraído ante el Registro Civil del Municipio Libertador del Estado Aragua, en fecha 22 de Febrero de 2008, según consta Acta de Matrimonio N° 67, Tomo 1, Folio 67, Año: 2008, de los Libros de registro Civil respectivos.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría en el Copiador de Sentencia llevado por este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del código de Procedimiento Civil.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Palo Negro, once (11) de Enero de dos mil doce (2012). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. ROSSANI AMELIA MANAMÁ INFANTE
LA SECRETARIA SUPLENTE,
ABG. LLANDYCAR CAMPOS
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 9:07 a.m.
LA SECRETARIA SUPLENTE,
ABG. LLANDYCAR CAMPOS
EXP. N° 2550-10
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