REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Jueza del Tribunal Séptimo (7mo) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, doce (12) de enero de dos mil doce (2012)
201º y 152º
ASUNTO: AP51-J-2011-023033
Solicitante: JOSE ALBERTO GONZALEZ GOMEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.568.722.
Abogada Asistente: LIZA REVILLA MENDOZA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 57.487.
Adolescente: SE OMITE DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
Motivo: Cúratela.-
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto de Cúratela, presentado por el ciudadano JOSE ALBERTO GONZALEZ GOMEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.568.722, este Tribunal, observa del acta de fecha 09/01/2012, que el solicitante no compareció a la audiencia establecida en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno; razón por la cual este TRIBUNAL (7°) DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECCUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA DESISTIDO el procedimiento y en consecuencia, declara extinguida la instancia. Y ASÍ SE DECIDE.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del TRIBUNAL SEPTIMO (7°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en Caracas, a los doce (12) días del mes de enero de dos mil doce (2012). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
LA JUEZA,
ABG. JUDITH E. LOBO.
LA SECRETARIA,
ABG. CIOLIS MOJICA.
AP51-J-2011-023033
JEL/CM/Samuel
19/10/2011 10:32 a.m.
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