REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia
de Mediación, Sustanciación,
de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 30 de Enero de 2012
201º y 152º

ASUNTO: AP51-S-2005-004572
MOTIVO: Colocación en Entidad de Atención (Cierre y Archivo por reinserción a la familia de origen)
DEMANDANTE: Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Baruta del Estado Miranda

Por cuanto en sesión de fecha 20 de mayo de 2011, la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, mediante oficio N° CJ-11-1388, de fecha 24 de mayo de 2011, fui designada Jueza Provisoria del Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, me ABOCO, al conocimiento de la presente causa, en el estado en que se encuentra, a los fines de realizar los tramites pertinentes en la misma. Ahora bien, revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto éste Tribunal observa que mediante sentencia dictada en fecha 12/04/2005 por la extinta Sala de Juicio IV del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, “…se ordenó la entrega del niño SE OMITEN DATOS, a su familia de origen formada por sus padres ciudadanos PIEDAD DEL CARMEN LÓPEZ ATENCIO y ALEJANDRO CARDOZO MUÑOZ…” (F. 217 al 220); asimismo, consta en autos la sentencia emanada en fecha 02/05/2006 de la extinta Corte Superior Primera del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, mediante la cual se ratificó el fallo de fecha 12/04/2005 y se ordenó “…el egreso del niño SE OMITEN DATOS, de la Entidad de Atención Iliana y Tito III de la Alcaldía de Caracas, con sede en La Pastora inmediatamente después que haya finalizado su período escolar 2005-2006, con traslado a la casa de su madre…” (F. 320 al 326); en consecuencia, esta Jueza Octava (8°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, REVOCA LA MEDIDA PROVISIONAL DE COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN decretada por la extinta Sala de Juicio IV del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial y DECLARA TERMINADO el presente asunto, en consecuencia, se ordena el cierre del expediente y su Desincorporación del Archivo Sede de este Circuito Judicial de Protección. ASÍ SE DECIDE
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dada firmada y sellada en el Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Caracas, a los treinta (30) días del mes de Enero del año dos mil doce (2012). Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.-
LA JUEZA,
LA SECRETARIA
ABG. JOOCMAR OVIEDO CONTRERAS.
ABG. MARÍA VIOLETA MÁRQUEZ.
En esta misma fecha y previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, déjese copia de la misma en el copiador de sentencias de este Tribunal, dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA,

Abg. MARÍA VIOLETA MÁRQUEZ.
JOC/SF/Oriana Carrera.-
AP51-S-2005-004572








REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia
de Mediación, Sustanciación,
de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 30 de Enero de 2012
201º y 152º
ASUNTO: AP51-S-2005-004572
Oficio N° 200/2012
CIUDADANA: COORDINADOR(A) DEL ARCHIVO SEDE DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL.
SU DESPACHO.

Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo a la presente, el expediente signado bajo el N° AP51-S-2000-004572, constante de Cuatrocientos Veinte (420) folios útiles, con el objeto de que el mismo sea desincorporado de los vagones del archivo, por cuanto dicho expediente se encuentra terminado.
Remisión que se hace a los fines legales consiguientes.
LA JUEZA,

Abg. JOOCMAR OVIEDO CONTRERAS
JOC/Oriana Carrera.-