REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 3 de Enero de 2012
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2011-003047
ASUNTO : NP01-S-2011-003047
Por recibido y visto escrito interpuesto por la Ciudadana ABGA. BETHAIDA JAIME y el Ciudadano ABG. WILIAM CAMPOS, en su carácter de Defensora Privada y Defensor Privado del ciudadano RONELT RAFAEL MATA MATUTE, titular de la cédula de identidad Nº V-18.227.347 mediante el cual exponen:
“…Solicitamos nuevamente traslado al HOSPITAL MANUEL NUÑEZ TOVAR CON CARÁCTER DE URGENCIA para mi defendido ya que está compareciendo de dolores muy fuertes en los RIÑONES y le hagan una placa solicitada por Medicina General el día 24-12-2011, que no se la hicieron ese día. El cual está recluido en la Policía Municipal del estado”.
CONSIDERACIONES JURIDICAS PARA DECIDIR
El Artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dispone: El Estado protegerá la Vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad…
El Artículo 83 Ejusdem dispone: La Salud es un Derecho Fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del Derecho a la Vida…
En tal sentido, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencia Y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer garante del Derecho Constitucional a la Salud, considerado como un derecho inherente a la Persona y en Consecuencia un Derecho Humano ACUERDA el traslado del ciudadano RONELT RAFAEL MATA MATUTE, titular de la cédula de identidad Nº V-18.227.347 con las seguridades del caso, hasta la sede de la MEDICATURA FORENSE, del Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas Maturín Monagas con sede en el Hospital Universitario Dr. Manuel Núñez Tovar, de la ciudad de Maturín Estado Monagas, a los fines de que el Médico o Médica Forense determine estado de salud actual del identificado imputado para el día de mañana MIERCOLES 04- DE ENERO 2012, A LAS 02:00 HORAS DE LA TARDE, solicitando que los resultados sean enviados a este Juzgado y así se decide.
Asimismo esta Juzgadora ratifica el sitio de reclusión donde deberá permanecer el ciudadano imputado RONELT RAFAEL MATA MATUTE, el INTERNADO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MATURIN DEL ESTADO MONAGAS, tal como le fue acordado por el Juzgado Segundo de Control, Audiencia y Medidas, especializado para conocer los Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Penal del Estado Monagas en fecha 16 de Noviembre 2011, en consecuencia se acuerda librar oficio al Director General del Instituto Autónomo de la Policía de Municipio Maturín para que se materialice dicho traslado y se ratifican Oficio enviado al Director del Internado Judicial y Boleta de encarcelación expedidas de fechas 16-11-11 .
DECISIÓN
Este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO el traslado del ciudadano RONELT RAFAEL MATA MATUTE, de identidad Nº V-18.227.347 con las seguridades del caso, hasta la sede del de la MEDICATURA FORENSE, del Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas Maturín Monagas con sede en el Hospital Universitario Dr. Manuel Núñez Tovar, de la ciudad de Maturín Estado Monagas, a los fines de que el Médico o Médica Forense determine estado de salud actual del identificado imputado para el día de mañana MIERCOLES 04- DE ENERO 2012 A LAS 02:00 HORAS DE LA TARDE y una vez evaluado deberá ser devuelto al sitio de reclusión que le fue acordado, asimismo se solicita que los resultados de la evaluación sean enviados a este Juzgado. SEGUNDO: Se acuerda RATIFICA EL SITIO DE RECLUSIÓN donde deberá permanecer el ciudadano imputado RONELT RAFAEL MATA MATUTE, que es el INTERNADO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MATURIN DEL ESTADO MONAGAS, tal como le fue acordado por el Juzgado Segundo de Control, Audiencia y Medidas, especializado para conocer los Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Penal del Estado Monagas en fecha 16 de Noviembre 2011, en consecuencia se acuerda librar oficio al Director General del Instituto Autónomo de la Policía de Municipio Maturín para que se materialice dicho traslado y se ratifican Oficio enviado al Director del Internado Judicial y Boleta de encarcelación expedidas de fechas 16-11-11. Hágase lo Conducente. Cúmplase.
La Jueza Primera de Control Audiencia y Medidas
ABGA. IVIS JOSEFINA RODRIGUEZ CASTILLO
La Secretaria Judicial (guardia)
ABGA. ROSA VALLENILLA
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