REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio
del Circuito Judicial del estado Monagas
Maturín, 18 de Enero de 2012
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-004033
ASUNTO : NP01-P-2011-004033
Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en cuanto a la solicitud de fecha 17 de Enero de 2011, interpuesta por la abogada LILIANA SUAREZ, mediante lo cual solicita se sirva oficiar al Director de la Comandancia de Policía del estado Monagas, a los fines de que el ciudadano JOSE MIGUEL RIVAS BELMONTE, sea trasladado a la Medicatura Forense de este Estado, y sea evaluado su estado de salud actual, y una vez obtenidas, solicito le sea decretada a su representado una Medida Humanitaria, a los fines de que su familiares puedan prestarle asistencia directa, y los cuidados que este amerite, hasta tanto el referido ciudadano pueda valerse por si mismo. Ahora bien, una vez valuado en su integridad el escrito contentivo de las razones de hecho en cual se fundamenta la Defensora Privada para formular tal petición, en tal sentido es deber indeclinable del estado proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con fundamento en el Titulo III, Capitulo I de la Exposición de Motivos y el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en cuanto considerar la salud asociada indisolublemente a la calidad de vida y al desarrollo humano que el Estado esta obligado a garantizar; esta Juzgadora a fin de resolver la presente solicitud, se hace necesario en primer termino: Practicar evaluación médica integral a través del médico forense para determinar las condiciones de salud del acusado MIGUEL RIVAS BELMONTE, portador de la Cedula de Identidad N° 15.045.202. Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna Acuerda: PRIMERO: Oficiar al Director de la Comandancia de policía del estado Monagas Internado Judicial Penal Monagas, a fin de que traslade al acusado JOSE MIGUEL RIVAS BELMONTE, portador de la Cedula de Identidad N° 15.045.202, hasta la medicatura Forense en el Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”. SEGUNDO: Practicar evaluación médica integral a través del médico forense para determinar las condiciones de salud del acusado JOSE MIGUEL RIVAS BELMONTE, portador de la Cedula de Identidad N° 15.045.202, a los fines de determinar Primero: Diagnostico de su estado de salud general. Segundo: Si padece de una enfermedad terminar, de ser así que enfermedad padece y tratamiento medico a seguir, dejando a salvo para éste, el derecho previsto en el artículo 46 numeral 3° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Tercero: En caso de presentar alguna enfermedad, cualquiera que ella sea; posibilidades de recibir tratamiento médico en la Comandancia de la Policía del estado Monagas. Líbrese oficio al Comandante de la Policía del Estado Monagas, oficio a la medicatura forense, con carácter de urgencia. Cúmplase.
Dado, firmado y Sellado en la Sede del Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio con Competencia en Delitos de Violencia Contra La Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas a los Dieciocho (18) Días del Mes de Enero de 2012. Notifíquese, Regístrese, Publíquese, Diarícese.
La Jueza Primera de Juicio,
Abga. Dulce Lobatón B
La Secretaria,
Abga. Yomaira Palomo E.
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