REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 8 de febrero de 2012
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-003889
ASUNTO : NP01-R-2011-000298


JUEZ PONENTE: ABG. ANA NATERA VALERA

Mediante sentencia dictada en fecha 25-10-2011 y publicada el día 10 de Noviembre del 2011, en el proceso ventilado en el asunto principal registrado bajo el Nº NP01-P-2009-003889, la Abg. María Inés Rodríguez Salmón, actuando como Juez Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Absolvió al acusado JOSE ANTONIO PINTO, titular de la cedula de identidad Nº V-9.288.727, por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previstos y sancionados en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y los artículos 270 y 470 del Código Penal.

Contra ese fallo interpuso recurso de apelación, en fecha 24-11-2011, el ciudadano ABG. Rodolfo Seekatz, en su carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público del Estado Monagas en Materia de Drogas.

En data 17/01/2012, se le dio entrada a las presentes actuaciones en esta Alzada colegiada, designada y entregada en fecha 18/01/2012 a la ponente en el presente caso, la Juez Superior que con tal carácter suscribe el presente auto.

ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE APELACIÓN

Considera esta Corte de Apelaciones, que el recurso antes referido, presentado por la abogada ABG. Rodolfo Seekatz, en su carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público del Estado Monagas en Materia de Drogas, fue interpuesto, dentro del lapso legal previsto para ello, tal como se señala en el computo que fue interpuesto el décimo día de despacho siguiente de haber publicado la decisión, la impugnante de autos es legitimada activa para presentarlo e interponerlo, e indica en ese texto, las causales objetivas de impugnabilidad que, a su entender hacen posible conocer las denuncias puntualizadas; por tratarse además ese pronunciamiento de una decisión impugnable; en consecuencia, este Tribunal Colegiado, declara que, no configurándose en el presente caso alguna de las circunstancias previstas en el artículo 437, ibidem, lo procedente y ajustado a derecho es, estimar ADMISIBLE, como en efecto se hace, el recurso de apelación presentado por la ABG. Jessica Granados, y así se decide. (Subrayado y negrilla de la Corte).

Se fija el día MARTES 21 DE FEBRERO DE 2012 A LAS 10:00 HORAS DE LA MAÑANA para que tenga lugar la celebración de la audiencia oral, conforme a lo pautado en el primer aparte del artículo 456 del Código Orgánico Procesal Penal

En virtud de la declaratoria anterior, se emiten los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto, en fecha 24 de Noviembre de 2011, por el ciudadano Abg. Rodolfo Alejandro Seekatz que plantea su recurso contra la decisión dictada en fecha 25/10/2011 y publicada el día 10 de Noviembre del año 2011, por la Abg. María Inés Rodríguez Salmón, Juez del Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en el proceso ventilado en el asunto principal Nº NP01-P-2009-003889, seguido al ciudadano JOSE ANTONIO PINTO por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previstos y sancionados en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y los artículos 270 y 470 del Código Penal. Así se declara.

SEGUNDO: Se fija el día MARTES 21 DE FEBRERO 2012 A LAS 10:00 HORAS DE LA MAÑANA, para que tenga lugar la celebración de la audiencia oral, conforme a lo pautado en el primer aparte del artículo 456 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de que aquellas y sus abogados comparezcan para debatir oralmente sobre las cuestiones planteadas en el presente Recurso de Apelación.

Así se declara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela.


La Juez Superior Presidente,

ABG. DORIS MARIA MARCANO GUZMAN



La Juez Superior, (Ponente) La Juez Superior,

ABG. MILANGELA MILLAN GOMEZ ABG. ANA NATERA VALERA




La Secretaria,

ABG. MARIA GABRIELA BRITO MORENO






















MMG/DMMG/LLA/MGBM/Erika