REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 24 de Febrero de 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-001190
ASUNTO : NP01-P-2009-001190

Revisadas como han sido las presentes actuaciones que conforman el presente Asunto Penal, este Tribunal a los fines de decidir referente al cumplimiento de las obligaciones impuestas al penado CARLOS JAVIER MARVAL GOITIA, previamente observa lo siguiente:

PRIMERO: CARLOS JAVIER MARVAL GOITIA, venezolano, natural de Río Caribe, Estado Sucre, nacido en fecha 03/12/1968, de estado civil casado, de Profesión u oficio Comerciante, hijo de Olimpia de Marval (F) y de Salomón Marval (V), titular de la cédula de Identidad número V10.830.248, domiciliado en carrera 1, El Silencio, casa N° 6, a una casa de un salón del Reino de los Testigos de Jehová, Maturín Estado Monagas, fue condenado en fecha 18-11-2009, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 en su tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes, en perjuicio del Estado Venezolano y le fue otorgado el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena en fecha 25-03-2010.

SEGUNDO: Cursa en el presente asunto informe final remitido a este Juzgado mediante oficio No. UTSO 267 de fecha 09 de Febrero del año 2012 emanado por la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación de esta Entidad Federal, suscrito por la Delegada de Prueba del penado la Abg. Italia Josefina Barboza, adscrita al Despacho ya mencionado, en cuyo contenido informan a este Juzgado que el penado de marras, finalizó de manera favorable el régimen de prueba impuesto. En razón de lo sostenido, estima quien aquí se expresa; que lo procedente y ajustado a derecho es DECLARAR LA LIBERTAD PLENA a favor del penado: CARLOS JAVIER MARVAL GOITIA; por haber cumplido cabalmente con las obligaciones impuestas por el Juzgado y su Delegado de Prueba. ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley; DECLARA LA LIBERTAD PLENA POR CUMPLIMIENTO DE PENA, a favor del ciudadano CARLOS JAVIER MARVAL GOITIA, venezolano, natural de Río Caribe, Estado Sucre, nacido en fecha 03/12/1968, de estado civil casado, de Profesión u oficio Comerciante, hijo de Olimpia de Marval (F) y de Salomón Marval (V), titular de la cédula de Identidad número V10.830.248, domiciliado en carrera 1, El Silencio, casa N° 6, a una casa de un salón del Reino de los Testigos de Jehová, Maturín Estado Monagas, ello en virtud de que el mismo cumplió con su régimen de supervisión.
Regístrese, diaricese y déjese copia certificada. Notifíquese al Fiscal Séptimo del Ministerio Público del Estado Monagas, al penado y a su defensa. Remítase anexa a oficio, copia certificada de la presente decisión al Jefe del Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio Para el Poder Popular de Interior y Justicia, y al Jefe de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación con sede en este Estado.
LA JUEZA,

ABG. ISPED NARANJO SUAREZ.

LA SECRETARIA,

ABG. INES SOFIA GOMEZ