REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 07 de febrero de 2012
201º y 152º
Exp. N° AP41-U-2011-0000524 Sentencia Interlocutoria 020/2012
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado, dentro del lapso legal, en horas de despacho del día 27 de enero del año en curso, suscrito por el ciudadano Javier Ruan Soltero, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.411, actuando con el carácter de apoderado judicial de la contribuyente CENTRO EMPRESARIAL SABANA GRANDE,C.A., este Tribunal procede a pronunciarse sobre las pruebas promovidas en los siguientes términos:
CAPITULO I
DOCUMENTALES
Con relación a las pruebas documentales promovidas en el escrito de promoción de pruebas presentado por el abogado arriba señalado, el Tribunal las admite en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Manténganse en el referido recurso los mencionados documentos.
LA JUEZ
MARIA YNES CAÑIZALEZ
LA SECRETARIA
ELIDE CAROLINA PEÑALOZA
Exp. N° AP41-U-2011-000524
ms
|