REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 2 de febrero de 2012
201º y 152º

ASUNTO: AP41-U-2008-000804 SENTENCIA INTERLOCUTORIA S/N

Visto el oficio 240/11, de fecha 17 de junio de 2011, suscrito por el ciudadano Juez Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Abg. Gabriel Fernández, mediante el cual remite a este Despacho expediente signado bajo el Nº AP41-U-2008-000804, contentivo de la demanda de por cobro de derechos fiscales en juicio ejecutivo, interpuesto por los ciudadanos Rodrigo Felizola, Lilia Men, Dalia Rojas y Glenda Cordero, titulares de la cédula de identidad Nº 9.970.218, 6.266.059, 6.969.964 y 12.276.395 e inscritos en el inpreabogado Nº 76.881, 128.663, 77.240 y 75.670 respectivamente, en su carácter de sustitutos de la ciudadana Procuradora General de la República por órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), contra la sociedad mercantil “MERCK, S.A.”, para que apercibidos de ejecución paguen dentro de los cinco días siguientes a la práctica de la intimación la cantidad de CIENTO CUARENTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA CON SEIS BOLÍVARES (Bs. 140.490,06), en virtud de la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTICERC/DR/ACIM/2008/443, de fecha 15 de mayo de 2008, emanada de la División de Recaudación de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del SENIAT.

De la revisión de las actas procesales, este Tribunal observa que cursa Recurso Contencioso Tributario signado bajo el Nº AF45-U-1999-000010 (A.A. 1342), interpuso bajo la vigencia del Código Orgánico Tributario del año 1994, y en consecuencia, los efectos del acto recurrido se encuentran suspendidos hasta tanto sea dictada sentencia definitiva.

En consecuencia, este Tribunal declara la INADMISIÓN sobrevenida del presente juicio ejecutivo interpuesto por los ciudadanos Rodrigo Felizola, Lilia Men, Dalia Rojas y Glenda Cordero, inscritos en el inpreabogado Nº 76.881, 128.663, 77.240 y 75.670 respectivamente, en su carácter de sustitutos de la ciudadana Procuradora General de la República por órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
LA JUEZ


ABG. BERTHA ELENA OLLARVES
EL SECRETARIO SUPLENTE


ABG. HECTOR ROJAS

Asunto: AP41-U-2008-000804
BEOH/HR/DC.-