REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 16 de febrero de 2.012
201° y 152°

SOLICITANTES: JULIO FERNANDO CAMPOS GUEVARA y SARA LILIANA ORDOÑEZ CESAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.339.014 y V-17.717.078 respectivamente.
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS
EXPEDIENTE: Nº 14.492.

Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS, remitida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Estado Aragua en fecha 21 de Diciembre de 2011, con motivo de la incompetencia declarada por el Tribunal supra mencionado de conformidad con el artículo 177, literal “g” de la Ley Organica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, interpuesta por los ciudadanos JULIO FERNANDO CAMPOS GUEVARA y SARA LILIANA ORDOÑEZ CESAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.339.014 y V-17.717.078 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio MARTHA ARJONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 87.610, este Tribunal se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la presente solicitud, en virtud de la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2.009 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial N° 39.152, de fecha 02 de abril de 2.009. En consecuencia, se DECLINA la competencia al Juzgado de los Municipios José Félix Rivas y Revenga del Estado Aragua. Remítase con oficio en su oportunidad legal correspondiente.
EL JUEZ TITULAR,

ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA

EL SECRETARIO,

ABG. ANTONIO HERNANDEZ
EXP. N° 14.492
RCP/AH/CP.-