REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, Siete (07) de Febrero de Dos Mil Doce (2012).
201° y 152°
Vista la diligencia de fecha primero (01) de febrero del dos mil doce (2012), suscrita por el abogado Alejandro Gallotti, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 107.588, actuando con el carácter de apoderado judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial que interpusieran los abogados Alexis José Bravo León y Cesar Augusto Guerrero, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 77.229 y 119.695, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana María Auxiliadora Cuicas Ávila, titular de la cédula de identidad Nº 5.260.718, en contra de la Dirección General de Educación del Estado Bolivariano de Miranda, mediante la cual apela de la sentencia dictada en fecha diecisiete (17) de enero del dos mil doce (2012), que declaró Con Lugar el presente recurso, este Juzgado oye en ambos efectos dicha apelación, conforme a lo dispuesto en el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con el artículo 290 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia ordena la remisión del presente expediente constante de una (01) pieza judicial constante de doscientos seis (206) folios útiles, y un cuaderno separado constante de ciento cuarenta (140), asimismo se deja constancia que se testo la foliatura en la pieza principal del folio sesenta y uno (61) al folio ciento ochenta y dos (182) y en el cuaderno separado se testo la foliatura en los folios cinco (05), siete (07), del folio diez (10) al folio once (11), el folio catorce (14), del folio veintiuno (21) al folio veintitrés (23), del folio veinticinco (25) al folio ciento cuarenta (140), en virtud de un error en la misma. Líbrese el respectivo oficio.
EL JUEZ
Abg. JOSÉ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA ACC.
Abg. LISSETTE VIDAL
Exp.1316/JVTR/LV/FM