REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, Viernes 10 de Febrero del 2012.
201º y 152º

ASUNTO: DP11-L- 2011-001051.
ACTA

PARTE ACTORA: Ciudadano MARCOS RAMON MORA PETIT, venezolano, mayor de edad , Cédula de Identidad Nº 9.689.678.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogada MIRYAM PAREDES RAMIREZ, inscrita en el IPSA bajo el Numero 68.101.

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil “TRANSPORTE EL FARAON, C.A.”

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA.: Doctor YONNY ALMAQUI Y, Abogado, inscrito en el IPSA bajo el Numero 48.297.

MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO..-


En el día hábil de hoy, Viernes 10 de Febrero del 2012, siendo las 10:oo a.m.., oportunidad fijada para que tenga lugar la PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora al presente acto, ni por si ni por medio de sus Representantes Legales , por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia de que se encuentra presente el Apoderado de la Sociedad Mercantil “TRANSPORTE EL FARAON, C.A.” Abogado YONNY ALMAQUI, ut supra identificado.- ,- PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.-



LA JUEZA


VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ



EL APODERADO DE LA DEMANDADA.








EL SECRETARIO



Abog, CARLOS VALERO