REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, Miércoles 15 de Febrero del 2012.
201º y 152º
ASUNTO: DP11-L- 2011-001229.
ACTA
PARTE ACTORA: Ciudadana JUANA BAUTISTA SANCHEZ DE JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 5.627.233.
ABOGADA APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Doctora GLADYS ELENA COLMENARES , Abogada, Inscrito en el IPSA bajo el Número 153.320.-
PARTE DEMANDADA: “HOTEL ARAGUA INN, C.A.”
ENCARGADO DEL HOTEL ARAGUA INN, C.A.: Ciudadano JUAN FELIPE BARTOLOTTA CACCIOLA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Numero 6.821.312.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: Doctor JORGE CRUZ RONDON LARA, Abogado, inscrito en el IPSA bajo el Numero 68.602.-
MOTIVO: AUDIENCIA CONCILIATORIA..
En el día de hoy, siendo las 2:oo p.m. , comparecen por ante la sede de este Tribunal, las partes arriba citadas , a los fines de dar cumplimiento voluntario a la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 26 de Octubre del 2011.- En este sentido, la representación del HOTEAL ARAGUA INN, C.A., Ciudadano JUAN FELIPE BARTOLOTTA , hace entrega de tres cheques girados de la Cuenta Numero 0116-0179-12-0004333365, perteneciente a la entidad bancaria BOD por los siguientes montos: PRIMERO: Cheque Numero 95000702 por Bs. 49.249,08 a nombre de la trabajadora Ciudadana JUANA SANCHEZ, No Endosable; SEGUNDO: Cheque Numero 32000704 por Bs. 12.312,27 a nombre de la Abogada GLADYS COLMENARES, (ambos cheques son entregados en este acto a la referida Abogada) y TERCERO: Cheque Numero 94000703, por Bs. 2.800,oo a nombre de la experto Ciudadana MARIELA SANDOVAL, el cual este Tribunal lo recibe para su resguardo.- SE DEJA CONSTANCIA QUE CON LOS PAGOS EFECTUADOS SE TERMINARA Y SE ORDENARA EL CIERRE Y ARCHIVO DEL PRESENTE EXPEDIENTE UNA VEZ QUE CONSTE EN AUTOS EL RETIRO DE TODOS LOS CHEQUES.-
LA JUEZA,
VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ
LA APODERADA DE LA PARTE ACTORA
EL REPRESENTANTE DE LA ACCIONADA Y SU ABOGADA.
EL SECRETARIO
ABG. CARLOS VALERO.
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