REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Primero (11°) de Mediación y Sustanciación
Del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de
Adopción Internacional.
Caracas, quince (15) de febrero de 2012
201º y 152º
ASUNTO: AP51-V-2008-019281
Cuaderno Separado: AH51-X-2009-000143
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, se evidencia: Que en fecha 08/08/2011, este Tribunal, decreto la Perención de la Instancia en autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil (f.367 y 368 Pieza Principal), en consecuencia, este Juez del Juzgado Décimo Primero (11°) de Mediación y Sustanciación Del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, suspende la medida cautelar preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada en fecha 26/02/2009 y comunicada mediante oficio Nro.3933 de fecha 28/05/2009, por la extinta Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nro. 6 de este Circuito Judicial.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en el Despacho Judicial a cargo del Juez del Juzgado Décimo Primero (11°) de Mediación y Sustanciación Del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, a los quince (15) días del mes de febrero del año Dos Mil Doce (2012). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
EL JUEZ,

Abg. JOSÉ ALBERTO NUNES MARQUINA
EL SECRETARIO,

Abg. JUAN VICENTE GOMEZ CHACON