REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Primero de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Caracas, 08 de febrero de 2012
201º y 152º
ASUNTO: AP51-J-2012-000736
Solicitantes: AIME OSCARINA GONZALEZ LUQUE, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.526.452.
Representante: Abg. JAIME DAVID JAIMES OCANDO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 77.259.
Hija: SE OMITE IDENTIFICACIÓN de cinco (05) años de edad.
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Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, y vista las testimoniales de los ciudadanos MIGUEL ANGEL BIBIANO y CARLOS TADEO BETANCOURT LEANDRO, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-2.896.331 y V-4.170.021, respectivamente, este JUEZ DEL JUZGADO DECIMO PRIMERO DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL; en virtud de que se encuentran llenos los requisitos de ley, conforme a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA JUSTIFICATIVO DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus OSCAR JESUS GONZALEZ, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº V-1.870.050, a favor de sus hijas JENNY JOSEFINA GONZALEZ VILLAROEL, LIELY MERCEDES GONZALEZ LUQUE, AIMEE OSCARINA GONZALEZ LUQUE, venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.108.978, V-9.970.829, V-14.526.452, la niña SE OMITE IDENTIFICACIÓN de cinco (05) años de edad y la ciudadana DAFNE ELIZABETH LUQUE DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.485.755. En consecuencia, se acuerda expedir por Secretaría copia debidamente certificada de la presente resolución y remítase mediante oficio a la Oficina de Atención al Público (OAP) de este Circuito Judicial, una vez que las partes consignen los fotostatos correspondientes. Líbrese oficio. Cúmplase.-
EL JUEZ,

ABG. JOSE ALBERTO NUNES MARQUINA
EL SECRETARIO

ABG. JUAN VICENTE GOMEZ

AP51-J-2012-000736
JANM/AP/Delis