REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juez del Juzgado Décimo Primero (11°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Caracas, 09 de febrero de 2012
199º y 150º
ASUNTO : AP51-J-2012-000955
Motivo: TUTELA
Solicitante: LUISA AIDA HERNANDEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V-6.024.939.
Abogado Asistente: CARMEN ALEXANDRA MACIAS HERNANDEZ, en su carácter de Defensora Pública Décima Quinta de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Niños: SE OMITE IDENTIFICACIÓN, de quince (15), trece (13) y cuatro (04) años de edad, respectivamente.
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Revisadas las actas que conforman el presente asunto signado con el Nº AP51-J-2012-000955, nomenclatura del Circuito Judicial y cumplidos todos los actos de sustanciación tendientes a la constitución de la TUTELA a favor de las adolescentes y el niño SE OMITE IDENTIFICACIÓN, de quince (15), trece (13) y cuatro (04) años de edad, respectivamente, como fueron de los cargos para los cuales fueron propuestos los ciudadanos: LUISA AIDA HERNANDEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V-6.024.939, como TUTORA; a la ciudadana TANIA MARIA MEJIAS HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro V-16.082.264, como PROTUTORA; a la ciudadana MARIA ALEXANDRA MEJIAS HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro V-17.312.122, como SUPLENTE DE PROTUTOR; y a los ciudadanos CRISTIAN ALEXANDER MATOS HERNANDEZ, MARIA ZULAY HERNANDEZ GONZALEZ, YOLESMAR JOSEFINA MANAURE HERNANDEZ y ROSSANA LIYU HERNANDEZ GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.644.274, V-6.372.354, V-13.864.053 y V-10.817.249, respectivamente, como MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA, este JUEZ DEL JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, cumplidas las formalidades legales correspondientes: Las oportunas juramentaciones y por ende aceptaciones de los cargos recaídos sobre ellos y en atención a lo establecido en el Titulo IX, Capitulo I, referente a la Tutela, Sección I del Código Civil Venezolano, les discierne el Cargo de: TUTOR: A la ciudadana LUISA AIDA HERNANDEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V-6.024.939, como PROTUTOR; A la ciudadana TANIA MARIA MEJIAS HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro V-16.082.264, como SUPLENTE DE PROTUTOR; A la ciudadana MARIA ALEXANDRA MEJIAS HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro V-17.312.122, y a los ciudadanos CRISTIAN ALEXANDER MATOS HERNANDEZ, MARIA ZULAY HERNANDEZ GONZALEZ, YOLESMAR JOSEFINA MANAURE HERNANDEZ y ROSSANA LIYU HERNANDEZ GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.644.274, V-6.372.354, V-13.864.053 y V-10.817.249, respectivamente, como MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA, Y ASI SE DECIDE. Se ordena expedir por secretaría copias certificada del presente auto, a los fines de su respectiva protocolización en el Registro Público del domicilio del niño y publíquese en la prensa, de acuerdo a lo preceptuado en nuestro ordenamiento jurídico sustantivo. CUMPLASE.
EL JUEZ
DR. JOSE ALBERTO NUNES MARQUINA
EL SECRETARIO,
ABG. JUAN VICENTE GOMEZ
AP51-J-2012-000955
JANM/AP/Delis
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