REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(201° y 153°)

Maracay, veintidós (22) de febrero de 2012


Por cuanto el día diecisiete (17) de febrero de 2012, venció el lapso de promoción y evacuación de pruebas en la presente causa, en consecuencia este Juzgado Superior Agrario declara formalmente cerrado el mencionado lapso y acuerda fijar para el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las diez de la mañana (10:00. a.m.), la Audiencia Oral de conformidad a lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, a los fines de que las partes expongan los Informes correspondientes.
EL JUEZ


Abg. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS


EL SECRETARIO


Abg. LUÍS ABREU GUERRERO



EXP. - JSAAC- 2011-0166
HBC/Lag/cn