REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 10 de Febrero de 2012
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-001887
ASUNTO : NP01-P-2011-001887
Vista la solicitud de revisión de medida cautelar presentada por el Abogado ELEZER RUIZ en representación del ciudadano JOSE LUIS HERNANDEZ YANEZ, plenamente identificado en autos, este Tribunal pasa a realizar las siguientes consideraciones:
La defensa privada indica como fundamento de su solicitud lo siguiente:
“…Solicito de conformidad con lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal penal , que acuerde el decaimiento de medida, que pesa sobre mi representado, en virtud de que la pena contemplada en la Ley Orgánica del Derecho de la Mujer a una vida Libre de violencia es de 6 a 18 meses, y mi defendido está cumpliendo una medida cautelar que consiste en presentaciones ante el departamento de Alguacilazgo desde el 10 de Marzo del año 2011; lo que significa que han transcurrido hasta la fecha 11 meses, lo cual supera la pena mínima prevista para el delito que se investiga esto es de 6 meses que prevé el delito de violencia física…”.
Ahora bien, revisada minuciosamente las actas procesales la fecha fijada para la Audiencia Preliminar es el 16 de Febrero 2012, a las 2:00 horas de la tarde, por lo que considera esta Operadora de Justicia que lo procedente es hacer el pronunciamiento respectivo en la realización de la Audiencia Preliminar y así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de control, audiencia y medidas en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Monagas , Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Acuerda hacer el pronunciamiento respectivo en la realización de la Audiencia Preliminar fijada para la fecha 16 Febrero 2011, a las 2:00 horas de la tarde. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.-
LA JUEZA
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO
EL SECRETARIO JUDICIAL
ABG. JULIO CESAR GOMEZ
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