REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 15 de Febrero de 2012
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2008-002768
ASUNTO : NP01-P-2008-002768


Visto el escrito consignado en fecha 13 de octubre 2011, de la ciudadana Abogadas MARIA EUGENOA GONZALEZ, defensora pública especializada en delitos de violencia contra la mujer, cuando solicita celeridad procesal en los siguientes términos: “… en fecha 02 de febrero 2010’ la Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público presentó acto conclusivo solicitando el sobreseimiento de la causa en el caso que nos ocupa.


CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
De la revisión minuciosa de las actas procesales que conforman el presente Asunto Penal, se verifica que este asunto Penal signado alfanumérica NP01-P-2008-002768, fue declinado en fecha 31 de marzo 2011, proveniente del Tribunal sexto de control del Circuito penal Monagas, constante de una (1) sola pieza con treinta y ocho (38) folios útiles, en los cuales no aparece la solicitud de sobreseimiento realizada por la representante del Ministerio de fecha 02 de febrero 2010’ , tal como lo refiere la ciudadana de la Defensa Pública Especializada. Asimismo se verifica de la revisión sistemática JURIS 2000, que en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Maturín en fecha de hoy 16 de Noviembre de 2010 siendo las 11:23 AM, se recibe de la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público, constante de Treinta y Tres (33) folios útiles, a través del cual demanda Decretar el Sobreseimiento de la Causa a favor del Ciudadano: ADENIS ANTONIO LOPEZ,
Por lo que considera esta Operadora de Justicia que a los fines de decidir diligenciar ante el órgano Fiscal una copia certificada de dicho escrito contentivo de 33 folios y así se decide.
DECISION
Este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda UNICO: librar oficio a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público en el estado Monagas, solicitando una copia certificada del escrito contentivo de Treinta y Tres (33) folios útiles, a través del cual demanda Decretar el Sobreseimiento de la Causa a favor del Ciudadano: ADENIS ANTONIO LOPEZ TORRES, Venezolano, de 35 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: Argenis López (V) y de Mercedes Torres (V), de profesión u oficio Mecánico, natural de Caracas, nacido en fecha 04/07/1974, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.171.879, Teléfono: 04148896737, domiciliado en: Avenida Principal La Cruz al frente de la carnicería Riqueza, Estado Monagas. Notifíquese a la defensa Pública primera Especializada, Líbrese lo conducente.- Regístrese y publíquese. Cúmplase


LA JUEZA
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO
El SECRERATIO JUDICIAL
ABG. JULIO CESAR GOMEZ