REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Monagas
Maturín, 13 de Febrero de 2012
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-005859
ASUNTO : NP01-P-2010-005859
Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en cuanto a la solicitud interpuesta por el ciudadano YONNAR ALEJANDRO ALVAREZ, portador de la Cedula de Identidad N° 23.535.406, en su carácter de Acusado en el presente asunto mediante lo cual solicita su traslado al Hospital Central “Dr. Manuel Núñez Tovar”, de esta ciudad de Maturín estado Monagas, con la finalidad que sea evaluado y practicado examen de imágenes (tomografía). Ahora bien, una vez valuado en su integridad el escrito contentivo de las razones de hecho en cual se fundamenta el acusado de marras para formular tal petición, en tal sentido es deber indeclinable del estado proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 83 Ejusdem la salud es un derecho social fundamental y el Estado debe garantizarla como parte del derecho a la vida. Por todas las razones de derecho antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna Acuerda: el traslado del acusado YONNAR ALEJANDRO ALVAREZ, portador de la Cedula de Identidad N° 23.535.406, el día 14 de febrero de 2010, a las 7:00 horas de la mañana, hasta el Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, a los fines de que sea atendido y se le practique Evaluación Medica Integral por Médico o Médica de Guardia; asimismo se ordena oficiar al Médico o Médica de Guardia del Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar” una vez practicado dicho examen Medico remita las resultas a la brevedad posible a este Tribunal. Hágase lo Conducente. Cúmplase.
La Jueza Primera de Juicio
Abga. Dulce Lobatón B
La Secretaria del Tribunal
Abga. Daglenis Fuentes V.
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