REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio
del Circuito Judicial Penal del estado Monagas
Maturín, 7 de Febrero de 2012
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-000107
ASUNTO : NP01-P-2011-000107


Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en cuanto a la solicitud de fecha 07 de febrero de 2012, interpuesta por el ciudadano JEAN CARLOS HERNANDEZ, en su carácter de Acusado, portador de la Cedula de Identidad N° 17.732.550, mediante lo cual solicita su traslado al Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, de esta ciudad de Maturín, estado Monagas, con la finalidad de ser atendido por médico especialista, aunado con Informe Médico de fecha 23 de febrero de 2012, emanado del consultorio Médico del internado Judicial Monagas, donde se refiere que el paciente debe ser traslado hasta Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, a consulta de Otorrinolaringología, para observación de médico especialista con carácter de urgencia. Ahora bien, una vez valuado en su integridad el escrito contentivo para dicha petición, en tal sentido es deber indeclinable del estado proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 83 Ejusdem la salud es un derecho social fundamental y el Estado debe garantizarla como parte del derecho a la vida. Por todas las razones de derecho antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna Acuerda: el traslado del acusado JEAN CARLOS HERNANDEZ, en su carácter de Acusado, portador de la Cedula de Identidad N° 17.732.550, el día Viernes 10 de Febrero de 2012, hasta el Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, a los fines de que sea atendido y se le practique Evaluación Medica Integral por Médico o Médica Especialista Otorrinolaringólogo; asimismo se ordena oficiar al Médico o Médica Especialista Otorrinolaringólogo del Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, una vez practicado dicho evaluación Medica remita las resultas a la brevedad posible a este Tribunal. Hágase lo Conducente. Cúmplase.
La Jueza Primera de Juicio,

Abga. Dulce Lobatón B


La Secretaria del Tribunal


Abga. Daglenis Fuentes.