REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circuito Judicial Penal del estado Monagas
Maturín, 9 de Febrero de 2012
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-000285
ASUNTO : NP01-P-2010-000285
Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en cuanto a la solicitud interpuesta por el ciudadano EFRAIN ENRIQUE BRITO BARRETO, portador de la Cedula de Identidad N° 12.795.637, en su carácter de acusado en la presente causa, mediante lo cual solicita su traslado hasta el servicio de medicina interna del al Hospital “Dr. Manuel Núñez Tovar”, de esta ciudad de Maturín estado Monagas, el día 14 de febrero de 2012 a las 7:00 de la mañana, con la finalidad de ser evaluado por el médico internista, siendo recomendado por el médico adscrito a ese centro hospitalario. Ahora bien, una vez valuado en su integridad el escrito contentivo de las razones de hecho en cual se fundamenta el acusado de marras para formular tal petición, en tal sentido es deber indeclinable del estado proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 83 Ejusdem la salud es un derecho social fundamental y el Estado debe garantizarla como parte del derecho a la vida. Por todas las razones de derecho antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna Acuerda: el traslado del acusado EFRAIN ENRIQUE BRITO BARRETO, portador de la Cedula de Identidad N° 12.795.637, el día 14 de febrero de 2012, a las 7:00 horas de la mañana, hasta el Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, a los fines de que sea atendido y se le practique Evaluación Medica Integral en la consulta de medicina interna; asimismo se ordena oficiar al Médico o Médica del Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar” una vez practicado dicho examen Medico remita las resultas a la brevedad posible a este Tribunal. Hágase lo Conducente. Cúmplase.
La Jueza Primera de Juicio
Abga. Dulce Lobatón B
La Secretaria del Tribunal
Abga. Daglenis Fuentes
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