REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 23 de Febrero de 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2012-000728
ASUNTO : KP01-P-2012-000728


Asunto Principal: KP01-P-2012-000728.-

Visto el oficio nro. LAR-1-329-2012, presentado ante este Despacho por el Fiscal Primero del Ministerio Público Abogado GUSTAVO ADOLFO RODRIGUEZ RIVERO, donde notifica que ese Despacho Fiscal en fecha 27 DE ENERO DE 2012, decretó el ARCHIVO FISCAL de conformidad con lo previsto en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa Nro. 13F01- 1531-03, a favor de personas desconocidas, donde aparece como víctima el ciudadano ANGEL JOSE SEQUERA, titular de la cédula de identidad nro. 7.392861, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control N° 4 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto el decreto de archivo de las Actuaciones por parte del Ministerio Publico del Estado Lara, ordena la notificación de las partes y en su oportunidad la remisión de las actuaciones al Archivo Judicial, de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.-

DISPOSITIVA:

Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control N° 4 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto el decreto de archivo de las Actuaciones por parte del Ministerio Publico del Estado Lara, ordena la notificación de las partes y en su oportunidad la remisión de las actuaciones al Archivo Judicial, de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.- Regístrese. Publíquese. Cúmplase.





El Juez

El Secretario

Abg. Amelia Jiménez García