En el día de hoy 15 de Febrero de 2012, siendo las 02:30 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar prolongada en el presente proceso, comparece en su condición de parte actora la Apoderada Judicial YAMELIS PORTILLO PAREJO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.151.491, I.P.S.A. Nro. 78.384, igualmente arriba identificadas, tal como consta en el folio 45 de autos. Por la demandada CREACIONES BACKUS, C.A. comparece la Abogada MAYERLING MALDONADO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.199.663, I.P.S.A. Nro.94.513, en su carácter de apoderada tal como consta en autos en el folio 51. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto, en donde la parte demandada a fin de terminar con este procedimiento ofrece pagar a la parte actora la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 30.000,00), para ser pagado EL 27 Y EL 20 DE FEBRERO Y MARZO RESPECTIVAMENTE, a través de cheque elaborado a nombre deL Trabajador, EN LA SEDE DEL TRIBUNAL A LAS 10:00 A.M.. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los siguientes conceptos: Antigüedad, las indemnizaciones que consagra el Art. 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, Vacaciones, Bono Vacacional, Utilidades, Intereses sobre Prestaciones Sociales y días feriados. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y asesorado por su Apoderada Judicial, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por los conceptos demandados en este asunto.