REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 31 de julio de 2012
202º y 153º
ASUNTO: AP41-U-2012-000243 SENTENCIA INTERLOCUTORIA S/N,
Se inició el presente juicio en virtud del Recurso Contencioso Tributario, ejercido por el ciudadano CESAR LEPERVANCHE MICHELENA, titular de la cédula de identidad Nº V-4.351.666, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 18.675, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Contribuyente SUPERCABLE ALK INTERNACIONAL, S.A (SUPERCABLE), domicilio Fiscal Av. Río de Janeiro con calle los Ruiseñores, Edf. Supercable, Colinas de los Ruices, Municipio Sucre Estado Miranda, inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y el Estado Miranda en fecha 19 de agosto de 1992, bajo el Número 11, Tomo 83-A-PRO, inscrita ante el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el Nº J-30034945-4. Contra: El Recordatorio de Derechos Pendiente Nº GGO/GRF/000256, de fecha 10 de abril de 2012, dictada por la Gerencia General de Operaciones de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), correspondiente al Servicio de difusión por suscripción, según consta en la habilitación Nº HGTS-00047, de fecha 21/01/2003, que adeuda los tributos contenidos en el acto administrativo Nº GRF/004425, de fecha 21/09/06, notificado el 26/09/06, por la cantidad de Tres Millones Quinientos Quince Mil Ciento Ochenta y Cinco Bolívares con Cincuenta Céntimos (Bs. 3.515.185,50), monto que se detalla a continuación:
Especie Fiscal Período fiscal (Trimestre) año Monto Bs.
IMPUESTO DE TELECOMUNICACIONES 1,2,3,4
1,2
1,2,3,4
2,4 2002
2003
2004
2005
2.061.160,86
CONTRIBUCIÓN ESPECIAL Abg. HECTOR ROJAS CONATEL 1,2,3,4
1,2,3,4
2,4 2002
2003
2005
404.240,72
FONDO DE SERVICIO UNIVERSAL 1,2,3,4
1,2,3,4
1,2,3,4
2,4 2002
2003
2004
2005
1.049.783,92
TOTAL GENERAL DEL ACTO ADMINISTRATIVO 3.515.185,50
Remitió las resultas de dicho Recurso a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Región Capital en fecha 16 de mayo del año 2012, y este a su vez por distribución nos remite sus recaudos para la tramitación y sustanciación del Expediente. Este Tribunal le dio entrada bajo el Asunto: AP41-U-2012-000243, y se ordenó las respectivas notificaciones de Ley, las cuales están debidamente selladas y firmadas, la última de ellas en fecha 25/06/12, estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, este Tribunal observa: Que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus Artículos 259, 260, 261, 262, 266 y 267, a saber se trata de Actos Administrativos impugnados por ante la autoridad competente, interpuesto dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés de la recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la contribuyente y, por cuanto no consta en autos oposición alguna por parte de la Administración Tributaria, este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con el Artículo 268 y siguientes eiusdem. Igualmente, se recuerda a las partes, que la causa se encontrará abierta a pruebas, ope legis, el primer día de Despacho siguiente a la presente fecha, a tenor de lo previsto en el supra mencionado Artículo 268 del mismo Código.
Dado, firmado y sellado en la Sede del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los treinta y uno (31) días del mes de julio del año dos Mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.-
LA JUEZ
Abg. BERTHA ELENA OLLARVES
EL SECRETARIO
Abg. HECTOR ROJAS
La presente decisión se público en su fecha, a las doce (12:00 a.m) horas del día.
EL SECRETARIO
Abg. HECTOR ROJAS
Asunto: AP41-U-2012-000243
BEOH/HR/OVA.-
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