REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 9 de Julio de 2012
202º y 153º
ASUNTO: AH14-X-2012-000026
Se abre el presente cuaderno de Medidas a los fines de proveer sobre la solicitud de Embargo Ejecutivo realizada por los apoderados judiciales de la parte actora, en el juicio con motivo de COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA) que sigue la Sociedad Mercantil CORP BANCA C.A. BANCO UNIVERSAL, compañía anónima domiciliada en el Municipio Autónomo Chacao del estado Miranda, el 31-08-1954, bajo el N° 384, Tomo 2-B, cuyo cambio de denominación social a Corp Banca, C.A. consta de asiento de Registro de Comercio inscrito por ante el Registro Mercantil Primero de la circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 21-10-1.997, bajo el No. 5, Tomo 274-A-Pro, transformada en Banco Universal por fusión por absorción de sus filiales Corp Banca de Inversión, C.A., Corp Banca Hipotecario, C.A., Corp Banca Fondo de Activos Líquidos, C.A., Corp Banca Arrendadora Financiera Sociedad Anónima de Arrendamiento Financiero, C.A. y Banco del Orinoco, S.A.C.A, Banco Universal, conforme a autorización de la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras, por Resolución No. 261-99 del 6-9-99, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 36.784 del 10-9-99, evidenciada en asiento de Registro de Comercio inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el No. 9, Tomo 189-A-Pro, el 07-09-99, contra la sociedad mercantil TIERRA DE GRACIA MANTENIMIENTOS C.A. sociedad mercantil domiciliada en Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, debidamente inscrita por ante el Registro de Comercio llevado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, el 12 de Marzo de 20112, bajo el N° 4, Folios 18 al 27, Tomo 1-B identificada con el Registro de Información Fiscal N° J-30795683-6, representada por su Presidente, ciudadana DAMELIS PETRICA CARRIÓN SARABIA, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.861.156, este Tribunal de acuerdo a lo establecido en el artículo 630 del Código de Procedimiento Civil DECRETA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de SESENTA MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CINCUENTA BOLÍVARES CON DIECISÉIS CÉNTIMOS (Bs. 60.558.050,16), suma esta que comprende el doble de la cantidad demandada mas las costas de ejecución prudencialmente calculadas por este Tribunal en un 25% que arroja la cantidad de SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS BOLÍVARES CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS (Bs. 6.728.672.24). Así mismo ,se advierte que si la presenta medida recae sobre cantidades liquidas de dinero, la misma se practicará por la cantidad de TREINTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN BOLÍVARES CON DIECINUEVE CÉNTIMOS (Bs. 33.633.361,19), suma ésta que comprende la cantidad demandada, más las costas de ejecución supra mencionada.-
Para la practica de la medida aquí decretada se ordena librar despacho de comisión junto con oficio a Cualquier juzgado ejecutor de medidas competente donde se encuentren bienes propiedad de la parte demandada quien se ordena librar despacho con las inserciones correspondientes a tal fin con facultades a utilizar la fuerza publica si fuere necesario. Líbrese despacho de comisión.
El Juez
Abg. Carlos A. Rodriguez Rodriguez
El Secretario Accidental
Abg. Jan Lenny Cabrera Prince
En esta misma fecha se libró despacho de comisión.
El Secretario Accidental
Abg. Jan Lenny Cabrera Prince
Hora de Emisión: 12:33 PM
Asistente que realizo la actuación: JC