REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DECIMO EJECUTOR DE MEDIDAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS EN FUNCION
ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 23 de Mayo de 2012
202° Y 153º
CARTEL DE NOTIFICACION
SE HACE SABER
Al ciudadano JOSE GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 5.193.700, en la persona de sus apoderados judiciales Abogados MARIA CILENY OCHOA IZARRA Y GUSTAVO VILLARO ARTEAGA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos 49.228 y 30.115 respectivamente; y a la sociedad mercantil SEGUROS CARACAS, C.A., en la persona de su presidente, ciudadano MOISES BENACERRAF, titular de la cedula de identidad Nº 28.392, y sus apoderados judiciales Abogados GILBERTO SPENCER GARCIA y JUAN BAPTISTA MACHADO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 4.018 y 3.682, respectivamente, que con motivo del juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS (exp. Nº AH11-T-1994-000001), sigue en su contra la ciudadana EDITH QUINTANA PARADA, éste Tribunal dando cumplimiento a la Resolución Nº 2011-0062, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de Noviembre de 2011, procedió a abocarse al conocimiento de la presente causa, y en consecuencia ordenó su notificación mediante el cartel que deberá ser fijado tanto en la sede del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de ésta Circunscripción Judicial como en la sede de este Juzgado. Así mismo, ordenó la publicación del mismo en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia. Una vez que conste en autos haber cumplido con las formalidades anteriores, comenzarán a correr diez (10) días continuos, y una vez vencidos se les tendrá por notificados. Tenidas por notificadas a las partes, se le concederán tres (03) días de despacho, a fin de que ejerzan los recursos que crean convenientes y manifiesten su interés en el curso de la presente causa. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 14, 90, 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,
CESAR HUMBERTO BELLO
EXP. Nº 12-0026 Asistente que realizo la actuación: N.V