REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, DE PROTECCIÓN Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 16 de julio de 2.012
202° y 153°
Vista la diligencia suscrita por la parte actora en el presente juicio, este Tribunal acuerda lo solicitado, en consecuencia, se ordena oficiar al Presidente de Inpol, así mismo se ordena levantar las medidas provisionales decretadas por este Tribunal en fecha 04-02-2005, según oficio Nº 208-05. Reténgase un 25% sobre las prestaciones sociales que pudieren corresponder a la parte demandada. Téngase el presente auto como parte integrante de la sentencia dictada en la presente causa.-
LA JUEZA PROVISORIA

ABG. MAIRA ZIEMS
LA SECRETARIA

ABG. JHEYSA ALFONZO


Expediente Nº 19866
MZ/JA/lr.-