REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, Veintisiete (27) de Julio de Dos Mil Doce (2012)
202º y 153º
Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, este Tribunal observa: que se incurrió en un error material en el auto de fecha 23 de abril de 2012, en el cual se ordenó librar cartel de notificación a la Aseguradora Nacional Unida UNISEGUROS S.A., en el diario “VEA”, de conformidad con lo establecido en los artículos 80 y 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, siendo lo correcto la publicación conforme a lo previsto en el Código de Procedimiento Civil, tal como lo dispone el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo:
“(…) La citación personal se hará conforme a las previsiones del Código de Procedimiento Civil a excepción de la del procurador, que se hará de acuerdo al Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. (…)”
En tal sentido, tratándose en el presente caso de la notificación del auto de admisión, este juzgado en aras de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso, y la tutela judicial efectiva, REPONE la causa al estado de notificar a las partes del auto de admisión del presente recurso dictado en fecha 11 de agosto de 2011. En consecuencia, se ordena librar las notificaciones correspondientes.
EL JUEZ
Abg. JOSÉ VALENTÍN TORRES R.
LA SECRETARIA
Abg. LISBETH BASTARDO
Exp. 1702
JVTR/LB/mgr.-