REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, Martes 17 de Julio del 2012.
202º y 153º

ASUNTO: DP11-L- 2009-001542.
ACTA

PARTE ACTORA: Ciudadano RAMON ALFREDO CARMONA HEREDIA, venezolano, mayor de edad , Cédula de Identidad Nº 4.567.979.

ABOGADOS DE LA PARTE ACTORA: Doctores RAFAEL ANTONIO AGÜERO y FRANNEL VELASQUEZ HERNANDEZ, Abogados , inscritos en el IPSA bajo los Números 122.906 y 75.765, respectivamente.-.

PARTE DEMANDADA: “MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA”

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA : Doctor EDUARDO J. ROSENDO , Abogado , inscrito en el IPSA bajo el Número 113.289.-

MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, Martes 17 de Julio del 2012, siendo las 10:00 a.m.., oportunidad fijada para que tenga lugar la PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora al presente acto, ni por si ni por medio de sus Representantes Legales , por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.- Se cierra el presente acto a las 10 y 20 a.m. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.-

LA JUEZA


VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ









EL SECRETARIO


Abog, CARLOS VALERO